SIN INFORMACION

MANUEL OLEA VERGARA /SERVICIO DE SALUD DE CONCEPCION

Rol

Fecha

19 de mayo de 2021

Materia

SIN INFORMACION

Resultado

RECHAZADA SIN COSTAS

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Hechos

VISTO: Comparece el abogado Walter Rodrigo Iturra Isla, domiciliado en Barros Arana 941, oficina 35, Concepción, actuando a nombre de don MANUEL LORENZO OLEA VERGARA, jornalero, domiciliado en el sector rural Conumo Alto sin número, sector Carampangue, Arauco, e interpone recurso de protección en contra del Hospital Regional de Concepción Guillermo Grant Benavente, representado por Osvaldo Rodrigo Gaete Carrasco, médico cirujano, ambos domiciliados en San Martín 1436, Concepción; y en contra del Servicio de Salud de Concepción, representado por Carlos Grant del Río, ambos domiciliados en O’Higgins 297, Concepción. Señala que el día 22 de julio del año 2020, don Manuel Olea, de 62 años de edad, concurre al Hospital de San Vicente de Arauco, por

Fundamentos

motivos de urgencia, en razón de que tenía retención de orina de dos días seguidos, lo cual le provocaba dolor en el vientre, inhabilitando para poder desplazarse y realizar sus tareas cotidianas, donde fue atendido por un funcionario y se le instaló una sonda que drenó la orina, y donde se pudo apreciar sangrado interno, pero le permitió aliviar en parte su malestar. Luego, el día 23 de junio (sic) del año 2020, don Manuel Olea Vergara, junto con su hija la Sra. Constanza Inés Olea Gonzales y la Sra. Jovita Gonzales, quien es familiar y cercana de la familia de don Manuel Olea, solicitaron una ambulancia para poder trasladar a don Manuel al Hospital San Vicente de Arauco, por motivo de una crisis en su enfermedad (Adenoma prostático), que consiste en el agrandamiento de la próstata que como principal síntoma produce obstrucción de conducto urinario, y que en este caso generó una infección y puede afectar incluso a los riñones, enfermedad que en base a su edad avanzada(62 años) le genera un gran riesgo para su vida e integridad física, tomando en cuenta de que en ese instante le produjo graves malestares que le imposibilitaba para trasladarse por su cuenta, además de esas afecciones y posibles falla renal ya que no puede evacuar la orina de forma natural. Agrega que, al llegar, fue asistido por funcionarios de dicho Hospital y por error y falta de experiencia de dichos funcionarios y complejidad de la situación, al realizar el procedimiento médico correspondiente a la enfermedad, haciendo dos intentos fallidos de insertar una sonda Foley, rompieron parte de la uretra, generando sangrados interno, lo que produjo que don Manuel Olea se agravara aun más y tuvieran que ser derivado, con la autorización de la Sra. Jovita Gonzales y la hija de don Manuel, al Hospital Regional Guillermo Grant Benavente de Concepción , con el objeto principal de que fuera atendido por un especialista dada la gravedad del paciente. Sin embargo, al llegar a dicho centro asistencial, además de la larga espera y traslado y dolor, no fue atendido por el especialista requerido, un urólogo, quien estando en el Hospital, en funciones, se negó a prestar asistencia médica oportuna, según informa funcionarios del mismo Hospital a la Sra. Jovita Gonzales y familiares acompañantes de don Manuel Olea, realizando el proceso de atención por el médico cirujano de turno en urgencias, del Hospital de Concepción, quien verificando la situación, solo pudo instalar una sonda Foley, para la mejoría parcial de don Manuel, sin dar una solución definitiva, a la gravedad de la situación. Relata que a don Manuel Olea no se le da solución definitiva a su diagnóstico médico, ni gestión alguna para que don Manuel Olea siga un tratamiento médico especializado a su enfermedad. Luego de la atención que soluciona parcialmente el estado de salud de don Manuel, es trasladado al Hospital de San Vicente de la comuna de Arauco, donde finalmente se le deriva a su casa, con la instalación de la sonda antes señ

Fallo

se decide instalar sonda Foley de 3 lúmenes Nº20 (no se describen incidentes), dando salida a hematuria franca con coágulos, por lo que se dificulta la extracción de orina. Dada la dificultad en lograr el vaciamiento vesical correcto con sonda Foley y en virtud de dar solución al motivo de la consulta, es que se establece la necesidad de realizar cistostomía, razón por la cual se decide traslado a HGGB (previa coordinación con urólogo de dicho establecimiento). Lo anterior, en atención a la complejidad del centro hospitalario y falta de equipo para realizar el procedimiento. Agrega que no se encuentra con ningún tipo de registro en el que se evidencia atención descrita por el recurrente el día 23 de junio de 2020. Finalmente, se atiende nuevamente al Sr. Olea Vergara el día 25 de junio de 2020, durante la cual se constata sonda Foley in situ con salida de orina clara sin signos de infección. Si se describe durante la atención signos de balanopostitis, por lo que se deja tratamiento analgésico y tratamiento por sospecha diagnóstica de hiperplasia prostática. Además, como se deja registro en DAU se realiza IC a urología para evaluación y definir conducta. En consecuencia, se destaca que toda atención en la UEH del Hospital San Vicente de Arauco se realizó de forma oportuna, con diagnósticos sindromáticos claros y correctos, razón por la cual se realizaron las coordinaciones necesarias a fin de dar solución al problema de salud del paciente. También consta informe del Hospital

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Concepción, diecinueve de mayo de dos mil veintiuno. VISTO: Comparece el abogado Walter Rodrigo Iturra Isla, domiciliado en Barros Arana 941, oficina 35, Concepción, actuando a nombre de don MANUEL LORENZO OLEA VERGARA, jornalero, domiciliado en el sector rural Conumo Alto sin número, sector Carampangue, Arauco, e interpone recurso de protección en contra del Hospital Regional de Concepción Guill

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