JUZGADO DE GARANTIA DE CASABLANCA

MP C/ LUIS GONZALO RAMÍREZ CONTRERAS

Rol

Fecha

19 de mayo de 2021

Materia

HOMICIDIO. ART.391 Nº 2.

Resultado

CONFIRMADA

Ver en fuente oficial

Hechos

Visto y oídos los intervinientes: Atendido el mérito de los antecedentes, lo expuesto por los intervinientes, en virtud de sus propios

Fundamentos

fundamentos y, de acuerdo a lo dispuesto en el artículo 140 del Código Procesal Penal, se confirma la resolución en alzada de diez de mayo de dos mil veintiuno, dictada por el Juzgado de Garantía de Casablanca, que mantuvo la medida cautelar de prisión preventiva respecto del imputado antes individualizado. Acordada con el voto en contra del Ministro Sr. Mera, quien estuvo por revocar la medida cautelar de prisión preventiva, y reemplazarla por arresto domiciliario en atención a que en su concepto persisten dudas respecto de la versión de legítima defensa planteada por el recurrente, apreciando este Ministro que esa versión resulta descartada de plano por el Ministerio Público, de manera tal que ante una aparente falta al principio de objetividad, a este disidente le resulta insuficiente lo esgrimido ante estrados para sostener con la fuerza necesaria la necesidad de imponer la medida más gravosa como medio de cautela. Notifíquese, comuníquese y devuélvase vía interconexión. N°Penal-1141-2021.-

Texto Completo (Preview)

ahd C.A. de Valparaíso. ACTA DE AUDIENCIA. Audiencia realizada en Valparaíso, a diecinueve de mayo de dos mil veintiuno, a las 09:11 horas, ante la Tercera Sala de esta Corte de Apelaciones de Valparaíso, Presidida por el Ministro Titular Sr. Raúl Mera Muñoz e integrada por la Ministra Titular Sra. Inés María Letelier Ferrada y la Ministra Suplente Sra. Ingrid Alvial Figueroa, actuando como mini

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