SIN INFORMACION

ARIAS CORONADO MIGUEL ANGEL / GENDARMERIA DE CHILE

Rol

Fecha

18 de mayo de 2021

Materia

SIN INFORMACION

Resultado

RECHAZADA

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Hechos

Vistos y teniendo presente: Primero: Que comparece el abogado don Sergio Andrés González Aguilera, quien interpone acción constitucional de amparo a favor de Miguel Ángel Arias Coronado y en contra del Tribunal de Conducta del Centro de Detención Preventiva Santiago Sur de Gendarmería de Chile, por el acto que estima ilegal, consistente en no haberlo incorporado en la nómina de postulantes al proceso de libertad condicional, lo cual compromete a su respecto las garantías de libertad personal y seguridad individual, consagradas en el numeral 7 del artículo 19 de la Constitución Política de la República. Funda el presente arbitrio, explicando que el amparado se encuentra cumpliendo condena en el Centro de Detención Preventiva Santiago Sur y, no obstante, haber cumplido con los requisitos de tiempo mínimo y de buena conducta exigidos para optar a la libertad condicional, el Tribunal de Conducta de dicho establecimiento no lo incorporó en la respectiva nómina de postulantes, lo que califica de ilegal, ya que no consta fundamento alguno que justifique dicho proceder, vulnerando su derecho a la libertad personal, por lo que pide a esta Corte que acoja la presente acción y ordene al recurrido que incluya al amparado a la respectiva lista de postulación, reestableciendo con ello el imperio del derecho. Segundo: Que informó alcaide del Centro de Detención Preventiva Santiago Sur, haciendo presente que, si bien el amparado cuenta con una conducta calificada como muy buena en los último cuatro bimestres, no fue incorporado en la nómina de libertad condicional correspondiente al primer semestre del año 2021, pues no cumple con el requisito de tiempo mínimo, el que no debía ser superior al 30 de junio de los corrientes, en circunstancias que, en su caso, aquél se cumple el 30 de julio de 2021. Adjunta a su informe, la ficha única del condenado, en la que consta que éste sirve una condena de 10 años y un día por el delito de robo con intimidación, que inició su cumplimiento el

Fallo

Por estas consideraciones y visto, además, lo establecido en el artículo 21 de la Constitución Política y el Auto Acordado de la Excelentísima Corte Suprema sobre Tramitación del Recurso de Amparo, se rechaza, sin costas, el recurso de amparo constitucional deducido a favor de Miguel Ángel Arias Coronado y en contra del Tribunal de Conducta del Centro de Detención Preventiva Santiago Sur de Gendarmería de Chile. Regístrese, comuníquese y archívese. N°Amparo-842-2021.

Texto Completo (Preview)

C.A. de Santiago Santiago, dieciocho de mayo de dos mil veintiuno. Al escrito folio 10: téngase presente. Vistos y teniendo presente: Primero: Que comparece el abogado don Sergio Andrés González Aguilera, quien interpone acción constitucional de amparo a favor de Miguel Ángel Arias Coronado y en contra del Tribunal de Conducta del Centro de Detención Preventiva Santiago Sur de Gendarmería de Chil

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