1° JUZGADO DE LETRAS DEL TRABAJO DE SANTIAGO

ZAMBRANO/TRANSPORTES BOLIVAR LIMITADA VUELVE A TABLA

Rol

Fecha

14 de mayo de 2021

Materia

RECARGOS

Resultado

SENTENCIA DE REEMPLAZO

Ver en fuente oficial

Hechos

VISTOS: Que del fallo invalidado se reproducen las citas legales, la parte expositiva y considerativa a excepción la parte final de la letra j) del motivo Sexto, que se inicia con la frase “… hechos que inequívocamente llevan a concluir que el demandante……” y termina con la frase “…, conforme lo dispone el artículo 183 B del Código del Trabajo” que se elimina. Que del fallo de invalidación se reproducen los

Fundamentos

motivos cuarto, quinto, octavo y noveno. Y SE TIENE EN SU LUGAR Y ADEMÁS PRESENTE: Que atendido lo razonado y señalado precedentemente, se hará lugar sólo parcialmente a la demanda en aquella parte que pide sea condenada solidariamente a la demandada Anglo American Sur S.A, en la forma que se dirá en lo resolutivo del presente fallo.

Fallo

fallo invalidado se reproducen las citas legales, la parte expositiva y considerativa a excepción la parte final de la letra j) del motivo Sexto, que se inicia con la frase “… hechos que inequívocamente llevan a concluir que el demandante……” y termina con la frase “…, conforme lo dispone el artículo 183 B del Código del Trabajo” que se elimina. Que del fallo de invalidación se reproducen los motivos cuarto, quinto, octavo y noveno. Y SE TIENE EN SU LUGAR Y ADEMÁS PRESENTE: Que atendido lo razonado y señalado precedentemente, se hará lugar sólo parcialmente a la demanda en aquella parte que pide sea condenada solidariamente a la demandada Anglo American Sur S.A, en la forma que se dirá en lo resolutivo del presente fallo. Por estas consideraciones, citas legales y lo dispuesto en el artículo 459 del Código del Trabajo, se resuelve: I.- Que la demandada Transportes Bolívar, ha incurrido en la causal de caducidad de contrato establecida en el artículo 160 N° 7 del Código del Trabajo, en relación a lo dispuesto en el artículo 171 del Código del ramo, y por ello deber pagar al demandante las siguientes sumas por los conceptos que se indican: a) $1.671.113.-, por indemnización sustitutiva del aviso previo. b) $7.520.000-, por indemnización por años de servicios, incrementada en un 50%, atendida la causal invocada. c) $946.964.-, por remuneración de 17 días de abril de 2019.- d) $1.809.592.-, por concepto de feriado legal y proporcional. e) Remuneración mensual por cada mes qu

Texto Completo (Preview)

Santiago, catorce de mayo del año dos mil veintiuno. De conformidad con lo dispuesto en el inciso segundo del artículo 478 del Código del Trabajo, se dicta la siguiente sentencia de reemplazo. VISTOS: Que del fallo invalidado se reproducen las citas legales, la parte expositiva y considerativa a excepción la parte final de la letra j) del motivo Sexto, que se inicia con la frase “… hechos que ine

¿Necesitas analizar esta sentencia?

Usa nuestro asistente de IA para buscar precedentes similares, extraer argumentos jurídicos y fundamentar tu posición.

Usar IA Jurídica