SIN INFORMACION

BECERRA/COMISIÓN DE LIBERTAD CONDICIONAL DE ANTOFAGASTA

Rol

Fecha

13 de mayo de 2021

Materia

SIN INFORMACION

Resultado

RECHAZADA

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Hechos

VISTOS: Comparece Francheska Katherine Araya Carvajal, Defensora Penal Pública Penitenciaria, domiciliada en calle Teniente Luis Uribe 636, oficina 517, Antofagasta, por el condenado Rodrigo Nolam Becerra Castro, quien deduce acción constitucional de amparo en contra de la Comisión de Libertad Condicional por la dictación de la resolución de quince de abril de dos mil veintiuno, mediante la cual se rechaza la postulación del amparado al beneficio de libertad condicional, sin ajustarse a derecho, por lo que su privación de libertad se torna arbitraria e ilegal. Informa la recurrida instando por el rechazo del recurso. Puesta la causa en estado, se han traído los autos para dictar sentencia. CON LO RELACIONADO Y

Fundamentos

CONSIDERANDO: PRIMERO: Que la recurrente expone que su representado se encuentra cumpliendo condena impuesta en causa RIT 14073-2018, RUC 1800772558-9, tramitada ante el Juzgado de Garantías de Antofagasta, correspondiente a una pena de 541 días de presidio menor en su grado medio por su responsabilidad en el delito de robo con intimidación (sic). Señala que, de acuerdo con la información proporcionada por Gendarmería de Chile, su representado registra como fecha de inicio de condena el 12 de marzo de 2020 y se proyecta su cumplimiento para el 03 de septiembre de 2021. Por lo anterior, su fecha de tiempo mínimo de postulación a libertad condicional se verificó el 07 de diciembre de 2020. Luego, al considerarse por Gendarmería de Chile, mediante su tribunal de conducta, que su representado cumple con todos los requisitos legales y reglamentarios fijados por el D.L. 321 y su respectiva modificación, el primer semestre del año 2021 su representado fue postulado a la Comisión para optar a la Libertad Condicional. Refiere que en sesión de fecha 15 de abril de 2021, la Comisión de Libertad Condicional rechazó la petición de libertad condicional para el amparado, argumentando: “Que, al revisar los antecedentes del interno, se puede comprobar que éste ha permanecido privado de libertad por el tiempo mínimo para postular al beneficio y que además mantiene conducta intachable durante los tres últimos bimestres, cumpliéndose los requisitos que establece los números 1 y 2 del artículo 2 del Decreto Ley N°321; Que, sin embargo, el Informe de Postulación Psicosocial adjunto a dichos antecedentes, y que estos comisionados han ponderado con arreglo a las atribuciones que el Decreto Ley N°321 en su nueva redacción les faculta, da cuenta de la existencia de factores de riesgo de reincidencia que desaconsejan, por ahora, otorgarle el beneficio solicitado. En efecto, los profesionales a cargo de la evaluación identifican como elementos de riesgo que el interno presenta alto compromiso delictual, evaluado con fecha 18 de febrero de 2021, obteniendo una valoración de muy alto riesgo de reincidencia, reconociéndose factores de riesgo relevantes y en necesidad de tratamiento, ya que se configuran como predisponentes a una eventual recaída en conductas que transgreden la ley. Se observan métodos deficientes de control de emociones y resolución de conflictos. Lo anterior da cuenta de una nula conciencia del delito, con un bajo cuestionamiento a su conducta encontrando generalmente justificaciones a su actuar. Igualmente se observa una baja conciencia del daño causado enfocando su atención solo en el aspecto personal de la situación, sin empatizar con posibles víctimas de sus delitos. En conclusión, es fundamental que el interno logre adquirir el proceso de intervención en su totalidad, con el objetivo de trabajar en sus factores de riesgos, y por consiguiente, logre incrementar el desarrollo de habilidades sociales, herramientas y/o recursos personales conducentes a

Fallo

Por estas consideraciones y visto además lo dispuesto en el artículo 21 de la Constitución Política de la República y Auto Acordado de la Excma. Corte Suprema del 19 de diciembre de 1932, sobre Tramitación y Fallo del Recurso de Amparo, SE RECHAZA el recurso de amparo interpuesto por Francheska Araya Carvajal, Defensora Penal Pública Penitenciaria, por el condenado Rodrigo Nolam Becerra Castro, en contra de la Comisión de Libertad Condicional. Regístrese y comuníquese. ROL 183-2021 (AMPARO)

Texto Completo (Preview)

Antofagasta, a trece de mayo de dos mil veintiuno. VISTOS: Comparece Francheska Katherine Araya Carvajal, Defensora Penal Pública Penitenciaria, domiciliada en calle Teniente Luis Uribe 636, oficina 517, Antofagasta, por el condenado Rodrigo Nolam Becerra Castro, quien deduce acción constitucional de amparo en contra de la Comisión de Libertad Condicional por la dictación de la resolución de quin

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