SIN INFORMACION

PLAZA PEREZ DAVID ALEXIS / COMISION DE LIBERTAD CONDICIONAL

Rol

Fecha

13 de mayo de 2021

Materia

SIN INFORMACION

Resultado

RECHAZADA

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Hechos

VISTO Y TENIENDO PRESENTE: PRIMERO: Que, recurrió de amparo constitucional Karen Yu-Yen Bustíos Wong, abogada, en favor de los intereses de David Alexis Plaza Pérez, interno en el Centro de Detención Preventiva Santiago Sur, en contra de la Comisión de Libertad Condicional de la Corte de Apelaciones de Santiago, por haber rechazado la postulación del amparado al beneficio de libertad condicional -correspondiente al primer semestre del año 2021- afectando y perturbando su derecho constitucional de la libertad personal consagrado en el artículo 19 N° 7 de la Constitucional Política de la República, solicitando se conceda de manera inmediata la Libertad Condicional del amparado. Indicó que el amparado se encuentra cumpliendo una condena de 5 años y 1 día por delito de robo con intimidación, contando con el tiempo mínimo para postular al beneficio de libertad condicional, siendo calificada su conducta los últimos cuatro bimestres como muy buena. Señala que el beneficio fue rechazado en base al informe psicosocial del amparado, el cual no cumple con lo dispuesto en el numeral 3 del artículo 2 del DL N°321 por cuanto se centra en las características personales anteriores y la condena que cumple, y no en el análisis de la vida intrapenitenciaria del condenado para evaluar si ha tenido avances que permiten demostrar que es merecedor del beneficio de libertad condicional. Alega que el amparado no tiene riesgo de reincidencia y puede reinsertarse en la sociedad, lo que sustenta en que durante su permanencia en el penal se ha volcado a mejorar su situación de vida, manteniendo una conducta intachable, realizando cursos y talleres como de talabartería, capacitación en armado y configuración en computación, trabajando con anterioridad al cumplimiento de la condena como mecánico automotriz, cuenta con apoyo familiar y con promesa laboral para ayudarlo en su proceso de reinserción. Acompaña certificado anual de estudios nivel básico 3 (7° y 8° de enseñanza básica emitido por e

Fundamentos

fundamentos que justifican la negativa de conceder al amparado el beneficio de la libertad condicional que reclama. En efecto es posible advertir de los aspectos psicosociales indicados en el informe, que el amparado aún se encuentra en proceso de reinserción, con un alto riesgo de reincidencia, lo que impide tener por probado que haya demostrado avances en su proceso de reinserción social, como exige el D.L. N° 321. SEXTO: Que, del análisis de los antecedentes tenidos a la vista y reseñados en el motivo que antecede, puede concluirse que la recurrida, actuando en el ámbito de sus atribuciones, denegó la concesión de la libertad condicional solicitada por el recurrente, contando dicha decisión con la debida fundamentación, la que se apoyó en los antecedentes proporcionados por Gendarmería de Chile y a la inteligencia que dentro de la esfera de las competencias que le son propias, lo que le permitió concluir que el amparado no era merecedor, por ahora, de la misma. En concepto de esta Corte, la Comisión recurrida no ha excedido el ámbito de las facultades que importan formarse convicción sobre el buen pronóstico del comportamiento futuro del solicitante en el medio libre, la que en este caso no alcanzó, por las razones que señala, y por lo mismo, no puede estimarse que en la adopción de esta determinación haya incurrido en alguna ilegalidad o arbitrariedad.

Fallo

Por estas consideraciones, atendido, además, lo dispuesto en el artículo 21 de la Constitución Política de la República, se rechaza el recurso de amparo deducido en favor de David Alexis Plaza Pérez, en contra de la Comisión de Libertad Condicional. Regístrese y comuníquese. N°Amparo-962-2021.

Texto Completo (Preview)

C.A. de Santiago Santiago, trece de mayo de dos mil veintiuno. A folio 7: A todo, téngase presente. VISTO Y TENIENDO PRESENTE: PRIMERO: Que, recurrió de amparo constitucional Karen Yu-Yen Bustíos Wong, abogada, en favor de los intereses de David Alexis Plaza Pérez, interno en el Centro de Detención Preventiva Santiago Sur, en contra de la Comisión de Libertad Condicional de la Corte de Apelacion

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