ARAYA MUÑOZ CARLOS EUGENIO / CUARTO JUZGADO DE FAMILIA DE SANTIAGO (A LA VISTA I.C. FAMILIA N° 1504-2021)
Rol
Fecha
12 de mayo de 2021
Materia
SIN INFORMACION
Resultado
RECHAZADA
Hechos
Vistos y teniendo presente: Primero: Comparece doña Mónica Jottar Nasrallah, abogada, quien interpone acción constitucional de amparo preventivo a favor de don Carlos Eugenio Araya Muñoz, en contra del Juez Titular del Cuarto Juzgado de Familia de Santiago, don Pedro Daniel Maldonado Escudero, por actuaciones desplegadas en la causa RIT N° T-99-2021, caratulada “Araya”, a fin de que se restablezca el imperio del Derecho y asegure la debida protección del recurrente, quien ha sido víctima de actuaciones que importan infracción grave al artículo 19 de la Ley N° 19.968, el artículo 2451 del Código Civil y el artículo 9° de la Ley N° 14.908, que lo exponen a un riesgo de posible amenaza y perturbación del ejercicio legítimo de su libertad personal y seguridad individual. Expone que en causa de alimentos menores RIT C-4528-2018, el alimentante y amparado está obligado al pago de una pensión de alimentos respecto de sus hijos Florencia José, de 22 años de edad, Agustín Ignacio, de 16 años de edad, y Raimundo, de 15 años de edad, todos Araya Arancibia, según conciliación arribada en audiencia de 31 de mayo de 2019. Indica que la hija Florencia José, estudiante, se encuentra habilitada para actuar en forma independiente y regular, percibiendo directamente el derecho de alimentos, cesando por tanto el derecho de la madre de representarla en el cobro y pago futuro de la pensión. Haciendo uso de ese derecho, el 5 de febrero del presente año, el alimentante y amparado, junto a su hija mayor de edad, suscribieron una escritura pública de transacción de alimentos ante notario, en que se le faculta para percibir en forma directa la pensión acordada en la causa señalada, correspondiente a la parte proporcional del monto estipulado, es decir, un tercio, ascendente a $867.968, a ser depositado en la cuenta de ahorro a la vista que el tribunal ordenará aperturar a nombre de la misma, manteniendo el pago directo el alimentante de las demás prestaciones en materia de educación, salud
Fallo
por tanto el derecho de la madre de representarla en el cobro y pago futuro de la pensión. Haciendo uso de ese derecho, el 5 de febrero del presente año, el alimentante y amparado, junto a su hija mayor de edad, suscribieron una escritura pública de transacción de alimentos ante notario, en que se le faculta para percibir en forma directa la pensión acordada en la causa señalada, correspondiente a la parte proporcional del monto estipulado, es decir, un tercio, ascendente a $867.968, a ser depositado en la cuenta de ahorro a la vista que el tribunal ordenará aperturar a nombre de la misma, manteniendo el pago directo el alimentante de las demás prestaciones en materia de educación, salud y vivienda de su hija, todo a contar de febrero de 2021. El 26 de febrero del presente solicitaron la aprobación de la transacción en la causa RIT T-99-2021, seguida ante el 4° Juzgado de Familia de esta ciudad y, hasta la fecha, habiendo transcurrido 2 meses y 15 días, el Juzgado se ha negado a dar aprobación a la transacción, pese a cumplir todos los requisitos legales. En efecto, ha dictado diversas resoluciones en que se han ordenado diligencias que exceden los requisitos exigidos por el legislador, dilatando en forma arbitraria e ilegal su aprobación, constituyendo tal demora una amenaza y perturbación a la libertad personal del amparado, quien desde febrero ha depositado en forma directa los alimentaos a favor de su hija. Así, la demora del tribunal lo expone a que no se reconozcan ni
Texto Completo (Preview)
C.A. de Santiago Santiago, doce de mayo de dos mil veintiuno. Al folio 8: a todo, téngase presente. Vistos y teniendo presente: Primero: Comparece doña Mónica Jottar Nasrallah, abogada, quien interpone acción constitucional de amparo preventivo a favor de don Carlos Eugenio Araya Muñoz, en contra del Juez Titular del Cuarto Juzgado de Familia de Santiago, don Pedro Daniel Maldonado Escudero, por
¿Necesitas analizar esta sentencia?
Usa nuestro asistente de IA para buscar precedentes similares, extraer argumentos jurídicos y fundamentar tu posición.
Usar IA Jurídica