SIN INFORMACION

QUEZADA/COMISIÓN DE LIBERTAD CONDICIONAL DE ANTOFAGASTA

Rol

Fecha

11 de mayo de 2021

Materia

SIN INFORMACION

Resultado

RECHAZADA

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Hechos

VISTOS: La comparecencia de Francheska Katherine Araya Carvajal, abogada, defensora penal pública penitenciaria, con domicilio en calle Uribe N°636, oficina 517 de esta ciudad, quien dedujo recurso de amparo de conformidad al artículo 21 de la Constitución Política a favor de Fabian Andrés Quezada Pizarro en contra de la Comisión de Libertad Condicional, por haber rechazado de modo ilegal y arbitrario el beneficio de libertad condicional al amparado. Informó la recurrida, instando por el rechazo de la acción constitucional. Puesta la causa en estado, se han traído los autos para dictar sentencia. CON LO RELACIONADO Y

Fundamentos

CONSIDERANDO: PRIMERO: Que el amparado actualmente se encuentra cumpliendo condena impuesta en causa RIT 3737-2019 del Tribunal de Juicio Oral de Antofagasta, correspondiente a quinientos cuarenta y un días de presidio menor en su grado medio, por el delito de desacato en contexto de violencia intrafamiliar. Dio inicio a la condena el día seis de abril de dos mil veinte y se proyecta su cumplimiento para el diecinueve de abril del año dos mil veintidós, considerando trecientos treinta y ocho días de abono.

Fallo

Por tanto, el tiempo mínimo se verificó el veintiséis de octubre de dos mil veinte, y cumple con todos los requisitos legales y reglamentarios del D.L. 321 para postular al beneficio. No obstante, la recurrida rechazó la postulación el quince de abril de dos mil veintiuno, al considerar que “Al revisar los antecedentes del interno, se puede comprobar que éste ha permanecido privado de libertad por el tiempo mínimo para postular al beneficio y que, además, mantiene conducta intachable durante los cuatro últimos bimestres, cumpliéndose los requisitos que establece los números 1 y 2 del artículo 2 del Decreto Ley N° 321. Sin embargo, el Informe de Postulación Psicosocial adjunto a dichos antecedentes, y que estos comisionados han ponderado con arreglo a las atribuciones que el Decreto Ley N°321 en su nueva redacción les faculta, da cuenta de la existencia de factores de riesgo de reincidencia que desaconsejan, por ahora, otorgarle el beneficio solicitado. En efecto, los profesionales a cargo de la evaluación identifican como elementos de riesgo “A través de instrumento IGI, presenta un nivel de riesgo alto de reincidencia delictual, priorizando intervención, a través de los siguientes subcomponentes; Historia delictual, pares criminógenos, actitud procriminal, patrón antisocial, educación/empleo, consumo de alcohol/drogas, familia/pareja yuso del tiempo libre. Estos subcomponentes, se contienen en las áreas; Social, psicológica, consumo de alcohol y drogas y educación y emp

Texto Completo (Preview)

Antofagasta, once de mayo de dos mil veintiuno. VISTOS: La comparecencia de Francheska Katherine Araya Carvajal, abogada, defensora penal pública penitenciaria, con domicilio en calle Uribe N°636, oficina 517 de esta ciudad, quien dedujo recurso de amparo de conformidad al artículo 21 de la Constitución Política a favor de Fabian Andrés Quezada Pizarro en contra de la Comisión de Libertad Condici

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