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Rol
Fecha
11 de mayo de 2021
Materia
PAGARÉ, COBRO DE
Resultado
REVOCADA-CONFIRMADA
Hechos
Vistos: Atendido el mérito de los antecedentes, conforme lo cuales se verifican en la especie los presupuestos del artículo 52 del Código de Procedimiento Civil, no obstante lo cual, se estima improcedente imponer a la actora una carga que la ley no establece, como es la de hacer constar la actualización del domicilio del ejecutado, se confirma en lo apelado la resolución de dos de enero de dos mil veinte, dictada por el Décimo Quinto Juzgado Civil de Santiago, en cuanto a ordenar la notificación conforme al artículo 52 del Código de Procedimiento Civil y se revoca en lo demás. Devuélvase. N°Civil-675-2020.
Texto Completo (Preview)
C.A. de Santiago Santiago, once de mayo de dos mil veintiuno Vistos: Atendido el mérito de los antecedentes, conforme lo cuales se verifican en la especie los presupuestos del artículo 52 del Código de Procedimiento Civil, no obstante lo cual, se estima improcedente imponer a la actora una carga que la ley no establece, como es la de hacer constar la actualización del domicilio del ejecutado, se c
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