12º JUZGADO DE GARANTIA DE SANTIAGO

M.P C/ SUSANA PATRICIA DIAZ CALDERON Y KATERINA PAZ HUILIPAN SOBARZO. RECURSO INCORPORADO A LA TABLA DE HOY DE ACUERDO A LEY N°20.253

Rol

Fecha

10 de mayo de 2021

Materia

HOMICIDIO. ART.391 Nº 2.

Resultado

CONFIRMADA CON DECLARACIÓN

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Hechos

Vistos: Atendido el mérito de los antecedentes y lo expuesto por los intervinientes en audiencia, esta Corte estima que la imposición de alguna de las medidas cautelares del artículo 155 del Código Procesal Penal, resulta suficiente para asegurar los fines del procedimiento. Por lo antes señalado y lo dispuesto en el artículo 352 del Código Procesal Penal, se confirma la resolución dictada en audiencia de ocho de mayo del año en curso, por el 12° Juzgado de Garantía de Santiago, que no dio lugar a decretar la prisión preventiva de Susana Patricia Díaz Calderón y Katerina Paz Huilipán Sobarzo y les impuso las medidas cautelares de las letras a) y d) del artículo 155 del Código Procesal Penal, esto es, arresto domiciliario nocturno y arraigo nacional, con declaración que se les impone, además, aquélla contemplada en la letra g) de la norma legal citada, consistente en prohibición de acercarse a la víctima, a su domicilio o lugar de trabajo. El señor Juez dictará las resoluciones correspondientes, con la finalidad de hacer cumplir lo ordenado. Devuélvase. N° 1383-2021 Penal.

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San Miguel, diez de mayo de dos mil veintiuno. Sala: Cuarta Sala Rol: 1383-2021 Penal Ruc: 2100454997-7 RIT: 2081-2021 Tribunal: 12° Juzgado de Garantía de Santiago Integrantes: Ministro señora Liliana Mera Muñoz, Fiscal Judicial señora Carla Troncoso Bustamante y Abogado Integrante señor Ignacio Castillo Val Relator: Cristián Alcántara Mödinger Digitadora: Marliz Vergara Jaramillo Fiscal: Marcos

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