JUZGADO DE GARANTIA DE CURACAVI

M.P. C/ ARMANDO IVAN JORQUERA VELASQUEZ. RECURSO INCORPORADO A LA TABLA DE HOY DE ACUERDO A LEY N°20.253

Rol

Fecha

10 de mayo de 2021

Materia

TRAFICO ILICITO DE DROGAS ART. 3 LEY Nº 20.000.

Resultado

REVOCADA

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Hechos

Vistos: Oídos los intervinientes y teniendo presente que en el actual estadio procesal se observan antecedentes suficientes que permiten sostener la existencia de los presupuestos establecidos en las letras a) y b) del artículo 140 del Código Procesal Penal, en relación al delito por el cual se ha formalizado investigación y la eventual participación del imputado en el mismo, esta Corte estima que su libertad constituye un peligro para la seguridad de la sociedad, en atención a la naturaleza, circunstancias de comisión y gravedad del ilícito de tráfico de drogas atribuido a su respecto, de conformidad a lo dispuesto en la letra c) del artículo 140 ya mencionado. Por lo anteriormente señalado y lo dispuesto en el artículo 352 del Código Procesal Penal, se revoca la resolución dictada en audiencia de ocho de mayo del año en curso, por el Juzgado de Garantía de Curacaví, que no dio lugar a decretar la prisión preventiva de Armando Iván Jorquera Velásquez, y le impuso las medidas cautelares del artículo 155 del Código Procesal Penal, de arresto domiciliario total y arraigo nacional y en su lugar se declara que se decreta respecto del imputado individualizado, la medida cautelar de prisión preventiva. Devuélvase. N° 1380-2021 Penal

Fallo

se declara que se decreta respecto del imputado individualizado, la medida cautelar de prisión preventiva. Devuélvase. N° 1380-2021 Penal

Texto Completo (Preview)

San Miguel, diez de mayo de dos mil veintiuno. Sala: Cuarta Sala Rol: 1380-2021 Penal Ruc: 2100454903-9 RIT: 1195-2021 Tribunal: Juzgado de Garantía de Curacaví Integrantes: Ministro señora Liliana Mera Muñoz, Fiscal Judicial señora Carla Troncoso Bustamante y Abogado Integrante señor Ignacio Castillo Val Relator: Cristián Alcántara Mödinger Digitadora: Marliz Vergara Jaramillo Fiscal: Bárbara Ra

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