4º JUZGADO CIVIL DE SANTIAGO

ITAÚ CORPBANCA/SEPÚLVEDA

Rol

Fecha

11 de mayo de 2021

Materia

PAGARÉ, COBRO DE

Resultado

INADMISIBLE

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Hechos

Vistos y teniendo presente: Que el recurso de apelación, en materia civil, procede contra las sentencias definitivas y contra las interlocutorias de primera instancia y, en el caso de autos y decretos, cuando éstos alteran la sustanciación regular del juicio o recaen sobre trámites que no están expresamente ordenados por la ley. Que conforme a lo señalado en el artículo 523 del Código de Procedimiento Civil, en materia de tercería de dominio no se suspenderá el procedimiento de apremio salvo que se apoye en un instrumento público otorgado con anterioridad a la fecha de la presentación de la demanda ejecutiva. Que del mérito de autos consta que la resolución materia del presente recurso no hace procedente la interposición del recurso de apelación atendida su naturaleza jurídica, en los términos precisados precedentemente. Por estas consideraciones y lo dispuesto en los artículos 187, 188, 213 y 523 del Código de Procedimiento Civil, se declara inadmisible el recurso de apelación interpuesto en subsidio el dieciocho de marzo del año en curso, en contra de la resolución de fecha quince de marzo del mismo año. Regístrese y devuélvase. N°Civil-3246-2021.

Fallo

Por estas consideraciones y lo dispuesto en los artículos 187, 188, 213 y 523 del Código de Procedimiento Civil, se declara inadmisible el recurso de apelación interpuesto en subsidio el dieciocho de marzo del año en curso, en contra de la resolución de fecha quince de marzo del mismo año. Regístrese y devuélvase. N°Civil-3246-2021.

Texto Completo (Preview)

fjr C.A. de Santiago(Sala Tramitadora) Santiago, once de mayo de dos mil veintiuno. Vistos y teniendo presente: Que el recurso de apelación, en materia civil, procede contra las sentencias definitivas y contra las interlocutorias de primera instancia y, en el caso de autos y decretos, cuando éstos alteran la sustanciación regular del juicio o recaen sobre trámites que no están expresamente ordena

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