LABRIN FLORES JAIRO ANTONIO/POLICÍA DE INVESTIGACIONES DE CHILE - MINISTERO PÚBLICO
Rol
Fecha
7 de mayo de 2021
Materia
SIN INFORMACION
Resultado
INADMISIBLE
Hechos
Vistos y teniendo presente: Que los antecedentes expuestos en el recurso no dan cuenta de hechos que, según el artículo 21 de la Constitución Política de la República, correspondan a aquellos susceptibles de la cautela impetrada por esta vía, al no vulnerar o amenazar la libertad personal y la seguridad individual, entendida esta última como la garantía de que la libertad personal no pueda ser afectada sino en los casos previstos por la ley, por lo cual la acción de amparo intentada no puede ser admitida a tramitación. Por estas consideraciones, se declara inadmisible el recurso deducido en estos autos. Acordado con el voto en contra del Ministro señor Zepeda, quien estuvo por declarar admisible la acción de amparo interpuesta, toda vez que en su concepto los hechos se enmarcan en la posible afectación del derecho a la seguridad individual, de manera que resulta procedente la acción del artículo 21 de la Constitución Política de la República. Archívese en su oportunidad. N°Amparo-1681-2021.
Fallo
Por estas consideraciones, se declara inadmisible el recurso deducido en estos autos. Acordado con el voto en contra del Ministro señor Zepeda, quien estuvo por declarar admisible la acción de amparo interpuesta, toda vez que en su concepto los hechos se enmarcan en la posible afectación del derecho a la seguridad individual, de manera que resulta procedente la acción del artículo 21 de la Constitución Política de la República. Archívese en su oportunidad. N°Amparo-1681-2021.
Texto Completo (Preview)
fjr C.A. de Santiago Santiago, siete de mayo de dos mil veintiuno. Al folio N°1: Vistos y teniendo presente: Que los antecedentes expuestos en el recurso no dan cuenta de hechos que, según el artículo 21 de la Constitución Política de la República, correspondan a aquellos susceptibles de la cautela impetrada por esta vía, al no vulnerar o amenazar la libertad personal y la seguridad individual, e
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