HIERRO/COMISIÓN DE LIBERTAD CONDICIONAL DE ANTOFAGASTA
Rol
Fecha
7 de mayo de 2021
Materia
SIN INFORMACION
Resultado
ACOGIDA
Hechos
VISTOS: La comparecencia de Francheska Katherine Araya Carvajal, abogada, defensora penal pública penitenciaria, con domicilio en calle Uribe N°636, oficina 517 de esta ciudad, quien dedujo recurso de amparo de conformidad al artículo 21 de la Constitución Política a favor de Héctor Alfonso Hierro Barraza en contra de la Comisión de Libertad Condicional, por haber rechazado de modo ilegal y arbitrario el beneficio de libertad condicional al amparado. Informó la recurrida, instando por el rechazo de la acción constitucional. Puesta la causa en estado, se han traído los autos para dictar sentencia. CON LO RELACIONADO Y
Fundamentos
CONSIDERANDO: PRIMERO: Que el amparado actualmente se encuentra cumpliendo condena impuesta en causa RIT 11.535-17 del Tribunal de Juicio Oral de Antofagasta, por el delito de robo con violencia, correspondiente a cinco años y un día de presidio mayor en su grado mínimo. Dio inicio a la condena el día treinta de septiembre de dos mil diecisiete y se proyecta su cumplimiento para el uno de octubre del año dos mil veintidós.
Fallo
Por tanto, el tiempo mínimo se verificó el treinta y uno de enero de dos mil veintiuno, y cumple con todos los requisitos legales y reglamentarios del D.L. 321 para postular al beneficio. No obstante, la recurrida rechazó la postulación el quince de octubre de dos mil veintiuno, al considerar que “Al revisar los antecedentes del interno, se puede comprobar que éste ha permanecido privado de libertad por el tiempo mínimo para postular al beneficio y que, además, mantiene conducta intachable durante los cuatro últimos bimestres, cumpliéndose los requisitos que establece los números 1 y 2 del artículo 2 del Decreto Ley N° 321. Sin embargo, el Informe de Postulación Psicosocial adjunto a dichos antecedentes, y que estos comisionados han ponderado con arreglo a las atribuciones que el Decreto Ley N°321 en su nueva redacción les faculta, da cuenta de la existencia de factores de riesgo de reincidencia que desaconsejan, por ahora, otorgarle el beneficio solicitado. En efecto, los profesionales a cargo de la evaluación identifican bajo compromiso delictual, riesgo alto de reincidencia asociado principalmente a pares criminógenos, enseñanza media incompleta baja habitualidad laboral, consumo de alcohol y drogas actualmente en remisión. Asimismo se señala observa un patrón antisocial. Inadecuada conciencia del delito y del daño causado, visualiza el daño personal, familia, omitiendo el daño a la víctima. En conclusión, no se observan factores protectores relevantes o que permita
Texto Completo (Preview)
Antofagasta, siete de mayo de dos mil veintiuno. VISTOS: La comparecencia de Francheska Katherine Araya Carvajal, abogada, defensora penal pública penitenciaria, con domicilio en calle Uribe N°636, oficina 517 de esta ciudad, quien dedujo recurso de amparo de conformidad al artículo 21 de la Constitución Política a favor de Héctor Alfonso Hierro Barraza en contra de la Comisión de Libertad Condic
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