SIN INFORMACION

FLORES ALCAMAN GABRIEL ALEXANDER / COMISION DE LIBERTAD CONDICIONAL

Rol

Fecha

6 de mayo de 2021

Materia

SIN INFORMACION

Resultado

ACOGIDA

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Hechos

VISTOS Y

Fundamentos

CONSIDERANDO: PRIMERO: Que recurrió de amparo constitucional -por medio de formulario- Gabriel Flores Alcamán, en su favor, interno en el Centro de Cumplimiento Penitenciario Colina I, en contra de la Comisión de Libertad Condicional de la Corte de Apelaciones de Santiago, por haber rechazado su postulación al beneficio de libertad condicional -correspondiente al primer semestre del año 2021- sin ajustarse a la normativa regulada para el caso, lo que afecta y perturba su garantía constitucional de la libertad personal consagrada en el artículo 19 N° 7 de la Constitucional Política de la República. Previas citas legales, constitucionales y de tratados internacionales, solicitó que se acoja su recurso adoptando las medidas necesarias para restablecer el imperio del derecho y disponer que se deje sin efecto la resolución recurrida, decretando en su lugar que se le concede el beneficio de libertad condicional. SEGUNDO: Que, informando doña María Loreto Gutiérrez Alvear, ministra, presidenta de la Comisión de Libertad Condicional, señalando que por resolución de 15 de abril de los corrientes se resolvió rechazar por mayoría la concesión del beneficio pretendido. Destacó que si bien el amparado cumple con las exigencias de tener muy buena conducta y tiempo mínimo de condena, la resolución de la comisión razonó en el sentido del informe de Postulación Psicosocial acompañado por Gendarmería, que en lo pertinente avizora que el amparado tiene factores de riesgo y de reincidencia que precisamente desaconsejan dar lugar al beneficio de la libertad condicional. Puntualizó que la resolución de rechazo señaló “En efecto, entre los documentos analizados por esta Comisión es posible advertir que no obstante los avances advertidos a partir de la participación del sujeto en las actividades programáticas al interior del recinto penal, sigue presentando un nivel de riesgo de reincidencia medio, manteniendo necesidades de intervención en las áreas de vinculación a pares criminógenos y utilización del tiempo libre en fines prosociales. Asimismo, le queda aún por cumplir tres años, nueve meses y veintidós días de su condena. Finalmente, se encuentra haciendo uso del beneficio de salida controlada al medio libre con fecha 19 de octubre de 2020, requiriéndose un mayor tiempo de observación, para evaluar favorablemente un adecuado comportamiento en libertad, exento de riesgos de reincidencia, propiciando un mayor control de este último beneficio, previo a una libertad condicional...”. Concluye señalando que la Comisión rechazó el beneficio sobre la base de los antecedentes aparejados por Gendarmería, los que no permiten hacer uso de la facultad para otorgar el beneficio de la libertad. Expone que, lo anterior fue en contra del parecer de la magistrada doña Carolina Paredes Arizaga, los magistrados don Nibaldo Arévalo Macías y don Sergio Córdova Alarcón, quienes estuvieron por conceder la Libertad Condicional, por estimar que se cumplen todos los requisitos legales en la p

Fallo

Por estas consideraciones y visto, además, lo dispuesto en el artículo 21 de la Constitución Política de la República, Auto Acordado sobre tramitación y fallo del Recurso de Amparo y en el artículo 2° del D.L. 321 de 1925, se acoge el recurso de amparo deducido en favor de Gabriel Flores Alcamán, y en contra de la Comisión de Libertad Condicional. En consecuencia, se declara que se le concede al amparado el beneficio de la libertad condicional. Dese inmediata orden de libertad en favor de Gabriel Flores Alcamán, comunicándose lo resuelto al Centro de Cumplimiento Colina I, salvo que esté privado de ella por otra causa o motivo Comuníquese y regístrese si no se apelare. N°Amparo-854-2021.

Texto Completo (Preview)

C.A. de Santiago Santiago, seis de mayo de dos mil veintiuno. VISTOS Y CONSIDERANDO: PRIMERO: Que recurrió de amparo constitucional -por medio de formulario- Gabriel Flores Alcamán, en su favor, interno en el Centro de Cumplimiento Penitenciario Colina I, en contra de la Comisión de Libertad Condicional de la Corte de Apelaciones de Santiago, por haber rechazado su postulación al beneficio de libe

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