1º JUZGADO CIVIL DE CONCEPCION

SOLVENTA CREDITOS LIMITADA CON DIGARDI NOLASCO PARADA ALDANA

Rol

Fecha

6 de mayo de 2021

Materia

SIN INFORMACION

Resultado

REVOCADA SIN COSTAS

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Hechos

Vistos: Teniendo únicamente presente que no existe motivo legal para la tramitación de la causa en los términos explicitados por el tribunal, debiendo limitarse a apreciar el cumplimiento de los requisitos del título ejecutivo que se invoca y de conformidad, además, con lo dispuesto en los artículos 441 y 442 del Código de Procedimiento Civil, se revoca, en lo apelado y sin costas del recurso, la resolución de veintitrés de febrero de dos mil veintiuno, dictada por el Primer Juzgado Civil de Concepción, y en consecuencia se dispone que el tribunal debe proveer, como en derecho corresponda, la demanda ejecutiva, despachando o denegando la ejecución. Devuélvase. N°Civil-337-2021.

Texto Completo (Preview)

C.A. de Concepción mfmm Concepción, seis de mayo de dos mil veintiuno. Vistos: Teniendo únicamente presente que no existe motivo legal para la tramitación de la causa en los términos explicitados por el tribunal, debiendo limitarse a apreciar el cumplimiento de los requisitos del título ejecutivo que se invoca y de conformidad, además, con lo dispuesto en los artículos 441 y 442 del Código de Pro

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