PROMOTORA CMR FALABELLA S.A. / SALINAS
Rol
Fecha
5 de mayo de 2021
Materia
PAGARÉ, COBRO DE
Resultado
REVOCADA
Hechos
Vistos: Atendido el mérito de los antecedentes y
Fundamentos
considerando la declaración de incompetencia del tribunal de primer grado, es ella precisamente la que permite sostener en principio la necesidad de alzar el embargo que se haya decretado en una causa concluida, medida cautelar sobre la que no puede pronunciarse un tribunal diferente. Y visto además lo dispuesto en los artículos 186 y siguientes del Código de Procedimiento Civil, se revoca la resolución apelada de diecinueve de febrero de dos mil veintiuno, dictada por el Primer Juzgado de Letras de San Felipe en los autos Rol NºC-5149-2018 y en su lugar se ordena el desarchivo de la causa, debiendo el tribunal dictar la resolución que corresponda de acuerdo al fondo de lo solicitado. Notifíquese y devuélvase vía interconexión. N°Civil-332-2021. En Valparaíso, cinco de mayo de dos mil veintiuno, se notificó por el estado diario la resolución que antecede.
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Jevp. C.A. de Valparaíso. Valparaíso, cinco de mayo de dos mil veintiuno. Vistos: Atendido el mérito de los antecedentes y considerando la declaración de incompetencia del tribunal de primer grado, es ella precisamente la que permite sostener en principio la necesidad de alzar el embargo que se haya decretado en una causa concluida, medida cautelar sobre la que no puede pronunciarse un tribunal
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