SIN INFORMACION

VILLEGAS/FRENE

Rol

Fecha

4 de mayo de 2021

Materia

SIN INFORMACION

Resultado

ANULA DE OFICIO

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Hechos

VISTOS Y

Fundamentos

CONSIDERANDO: PRIMERO: Que, en estos antecedentes Rol Corte 58-2021, con fecha 4 de Marzo de 2021, comparece don Marcel Villegas Vargas, abogado defensor particular, en representación de Héctor Felipe Cortés Llautureo, imputado en autos RIT N° 59-2020, RUC 2000555642-3, por el delito de homicidio simple, quien de conformidad con los artículos 535, 545 y siguientes del Código Orgánico de Tribunales, deduce recurso de queja en contra del Juez Subrogante del Tribunal Oral en lo Penal de Coyhaique, don Guillermo Reinaldo Frene Candia, por haber dictado la resolución de fecha 26 de Febrero de 2021, mediante la cual no hizo lugar al recurso de reposición intentado por esa Defensa, estableciendo que no habían antecedentes nuevos que justifiquen modificar lo resuelto, ello en relación con el rechazo del incidente de entorpecimiento y declaración de inadmisibilidad del recurso de nulidad por extemporáneo, expresando que éste incurrió en grave falta o abuso al emitir la referida resolución, solicitando que, corrigiendo las faltas y abusos graves denunciados y adoptándose, además, todas las medidas que se estime procedentes y disponiéndose la aplicación de las medidas de carácter disciplinario que corresponda conforme a derecho, haga íntegro lugar al presente recurso, proceda de oficio y deje sin efecto la resolución recurrida, declarando que se acoge el recurso de reposición interpuesto con fecha 25 de febrero de 2021 y, en consecuencia, se declare admisible el recurso de nulidad interpuesto y se eleven los antecedentes para el conocimiento del Tribunal de Alzada, sin perjuicio de las facultades para obrar de oficio. SEGUNDO: Que, fundamenta su libelo expresando que su representado fue acusado y sentenciado en la causa RIT 59-2020, del Tribunal de Juicio Oral en lo Penal de Coyhaique, por el delito homicidio simple, a la pena de 10 años y un día de presidio mayor en su grado medio, por sentencia condenatoria leída en audiencia de fecha 18 de enero de 2021, y que el 28 de Enero de 2021, encontrándose dentro de plazo legal, intentó efectuar el envío del escrito del recurso de nulidad, pero ante inconvenientes sucesivos que se producían en la Oficina Judicial Virtual, el sistema del Poder Judicial lo tuvo por ingresado a las 00.02 horas del día 29 de enero de 2021 ante lo cual y momentos antes del cumplimiento del plazo, se comunicó con la Administradora del Tribunal para ponerla en conocimiento de las dificultades técnicas que se experimentaban (lo que acreditó por medios de prueba que se acompañaron al tribunal oral) efectuando posteriormente la presentación de una alegación de entorpecimiento con la misma fecha, haciendo presente que la mesa de ayuda de la Oficina Judicial Virtual señaló no haber problemas en la página. Indica que con fecha 3 de febrero de 2021, el Tribunal Oral solicitó el fundamento legal de la alegación de entorpecimiento, lo cual fue evacuado el 4 de febrero, fundándose en normas relativas principalmente con la fuerza mayor, entre otra

Fallo

se declarará. SEXTO: Que, sin perjuicio de lo señalado en los motivos precedentes y para dictaminar lo que a continuación se dirá, debe tenerse presente los siguientes antecedentes que son materia de la causa: 1.- Que, con fecha 18 de Enero de 2021, en los antecedentes RIT 59-2020, RUC 2000555642-3, del Tribunal Oral en lo Penal de Coyhaique, se condenó al acusado Héctor Felipe Cortés Llautureo, por el delito de homicidio simple, a la pena de 10 años y un día de presidio mayor en su grado medio, en sala integrada por los Jueces Titulares don Pablo Andrés Freire Gavilán, doña Rosalía Edith Mansilla Quiroz, y doña Mónica Gisela Coloma Pulgar. 2.- Que, en contra de la referida sentencia, el 28 de Enero de 2021, el abogado recurrente, deduce recurso de nulidad, que el sistema del Poder Judicial tuvo por ingresado a las 00.02 horas del día 29 de enero de 2021, efectuando posteriormente la presentación de una alegación de entorpecimiento con la misma fecha, haciendo presente que la mesa de ayuda de la Oficina Judicial Virtual señaló no haber problemas en la página. 3.- Que con fecha 3 de febrero de 2021, el Tribunal de Juicio Oral en lo Penal de Coyhaique, solicitó el fundamento legal de la alegación de entorpecimiento, trámite evacuado el 4 de febrero de 2021. 4.- Que, resolución de 5 de Febrero de 2021, dictada por los Jueces Titulares doña Mónica Gisela Coloma Pulgar, don Pablo Andrés Freire Gavilán y doña Rosalía Edith Mansilla Quiroz, se recibe el incidente a prueba, fijando c

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Coyhaique, cuatro de Mayo de dos mil veintiuno. VISTOS Y CONSIDERANDO: PRIMERO: Que, en estos antecedentes Rol Corte 58-2021, con fecha 4 de Marzo de 2021, comparece don Marcel Villegas Vargas, abogado defensor particular, en representación de Héctor Felipe Cortés Llautureo, imputado en autos RIT N° 59-2020, RUC 2000555642-3, por el delito de homicidio simple, quien de conformidad con los artículo

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