MP C/ LIBER MARCELO CACERES ROJAS Y OTRO
Rol
Fecha
3 de mayo de 2021
Materia
ROBO EN LUGAR NO HABITADO. ART. 442.
Resultado
CONFIRMADA
Hechos
VISTOS Y TENIENDO PRESENTE: Haciendo propios los
Fundamentos
fundamentos de la jueza del a quo, y de conformidad con lo previsto en los artículos 139, 140 y 149 del Código Procesal Penal, SE CONFIRMA la resolución de veintitrés de abril de dos mil veintiuno, dictada por el Juzgado de Garantía de Concepción en la causa RIT N°3604–2021, RUC N°2110019758-5, que decretó la medida cautelar de prisión preventiva en contra de los imputados Líber Marcelo Cáceres Rojas y Rodrigo Andrés Castillo Quezada. Acordada con el voto en contra del ministro Rodrigo Cerda, quien estuvo por revocar la aludida resolución y en su lugar disponer respecto de ambos imputados la medida cautelar de privación total de libertad en sus respectivos domicilios, en los términos previstos en la letra a) del artículo 155 del Código ya citado, toda vez que, en su opinión, tal medida permite cumplir el fin cautelar tenido en cuenta. Comuníquese al tribunal de origen. Devuélvanse los antecedentes. A las comparecientes se les tiene por notificadas de la resolución precedente en forma personal, por estar presentes en la audiencia por videoconferencia. Sin perjuicio de ello se dispone su notificación por el estado diario. N°Penal-408-2021.
Texto Completo (Preview)
C.A. de Concepción xsr Concepción, a tres de mayo del año dos mil veintiuno. VISTOS Y TENIENDO PRESENTE: Haciendo propios los fundamentos de la jueza del a quo, y de conformidad con lo previsto en los artículos 139, 140 y 149 del Código Procesal Penal, SE CONFIRMA la resolución de veintitrés de abril de dos mil veintiuno, dictada por el Juzgado de Garantía de Concepción en la causa RIT N°3604–202
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