EN FAVOR ALEJANDRO MONSALVE REYES/COMISION DE LIBERTAD CONDICIONAL
Rol
Fecha
3 de mayo de 2021
Materia
SIN INFORMACION
Resultado
RECHAZADA
Hechos
VISTOS: Con fecha 28 de abril de 2021 compareció Claudio Valenzuela Díaz, abogado, domiciliado para estos efectos en calle Nueva Rubio 0134 de la comuna de Rancagua, por el condenado ALEJANDRO ALFONSO MONSALVE REYES, cédula de identidad Nº13.587.787-5, deduciendo recurso de amparo en contra de la Comisión de Libertad Condicional. Expone que su representado se encuentra cumpliendo dos condenas de 3 años y 1 día como autor de los delitos de tenencia ilegal de arma de fuego y tráfico en pequeñas cantidades, en autos RIT 6118-2017 y RIT 17-2017 del Juzgado de Garantía de Rancagua y Tribunal de Juicio Oral en lo Penal de Osorno, respectivamente. Señala que la recurrida rechazó conceder el beneficio de libertad condicional al amparado pese a cumplir con todos los requisitos establecidos en el Decreto Ley 321, por lo que la negativa resulta injustificada pues el informe psicosocial no se ajusta a la verdadera situación del amparado, no pudiendo quedar al arbitrio de uno o dos profesionales que se reúnen con el condenado por un lapso no superior a 30 minutos. Menciona que el informe señala que el amparado no tiene red de apoyo, cuestión que es falsa, pues sus hijos y pareja lo han asistido durante su privación de libertad, además, ha participado en diversos talleres que se han debido suspender por la pandemia. Además, argumenta que el nuevo requisito del informe psicosocial no puede afectar situaciones jurídicas consolidadas ni el principio de irretroactividad de la ley penal respecto del cumplimiento de requisitos del penado al beneficio en cuestión. Cita jurisprudencia al efecto. Solicita se deje sin efecto la resolución de la recurrida que denegó la libertad condicional al amparado y se proceda a otorgarla. Con fecha 28 de abril de 2021, se evacuó informe por el Presidente (S) de la Comisión de Libertad Condicional, indicando que la postulación fue rechazada por unanimidad por considerar que no satisface el requisito previsto en el numeral 3 del artículo 2 del Decre
Fundamentos
CONSIDERANDO: 1.- Que la acción constitucional de amparo interpuesta procede, conforme lo señala el artículo 21 de la Constitución Política de la República, a favor de quien se encuentra arrestado, detenido o preso, o que sufra cualquier otra privación, perturbación o amenaza en su derecho a la libertad personal o seguridad individual, con infracción de las normas constitucionales o de las leyes, a fin de que la magistratura ordene se guarden las formalidades legales y adopte de inmediato las providencias que juzgue necesarias para restablecer el imperio del derecho y asegurar la debida protección del afectado. 2.- Que, la Ley 21.124 modificó el Decreto Ley 321 de 1925, estableciendo mayores requisitos para que los condenados puedan optar a la libertad condicional, reconociendo expresamente en su artículo 1 que se trata de un beneficio y no de un derecho y para optar al mismo, se deben cumplir con los presupuestos previstos en el artículo 2°, en cuyo número 3° se exige “Contar con un informe de postulación psicosocial elaborado por un equipo profesional del área técnica de Gendarmería de Chile, que permita orientar sobre los factores de riesgo de reincidencia, con el fin de conocer sus posibilidades para reinsertarse adecuadamente en la sociedad. Dicho informe contendrá, además, los antecedentes sociales y las características de personalidad de la persona condenada, dando cuenta de la conciencia de la gravedad del delito, del mal que éste causa y de su rechazo explícito a tales delitos.". 3.- Que de acuerdo al artículo 5° de la Ley 21.124 “Será facultad de la Comisión de Libertad Condicional conceder, rechazar y revocar, en su caso, el beneficio, mediante resolución fundada. La Comisión deberá constatar el cumplimiento de los requisitos establecidos en el artículo 2°, y de los artículos 3°, 3° bis y 3° ter, según sea el caso, para lo cual se tendrán a la vista los antecedentes emanados de Gendarmería de Chile, y todos los demás que la Comisión considere necesarios para mejor resolver.". Es decir, la Comisión tiene la atribución de realizar un examen de todos los antecedentes de los postulantes, luego de lo cual, puede tomar la decisión de conceder o rechazar la libertad condicional. 4.- Que el fundamento del rechazo a la solicitud de libertad condicional del amparado se encuentra, principalmente, en el cuarto considerando de la resolución impugnada que consigna “Que, en efecto, dicho informe destaca que el postulante Alejandro Alfonso Monsalve Reyes presenta un alto nivel de riesgo de reincidencia, manifestado una muy alta necesidad de intervención en las áreas de educación y empleo, pares y uso de tiempo libre, actitud pro-criminal y patrón antisocial. Presenta problemas de adherencia, deficiente resolución de conflictos y/o habilidades de autocontrol, manejo de ira y escasas habilidades sociales. Por lo anteriormente señalado, es que presenta una baja identificación de los factores involucrados en su conducta delictual. A lo anterior, cabe agr
Fallo
Por estas consideraciones y lo dispuesto en el artículo 21 de la Constitución Política de la República y Auto Acordado de la Excma. Corte Suprema sobre Tramitación y Fallo del Recurso de Amparo, SE RECHAZA el recurso de amparo deducido en favor del condenado ALEJANDRO ALFONSO MONSALVE REYES, cédula de identidad N°13.587.787-5, recluido en el Complejo Penitenciario de Rancagua. Regístrese, comuníquese y archívese en su oportunidad. Rol ingreso Corte N°256-2021 Amparo
Texto Completo (Preview)
Rancagua, tres de mayo de dos mil veintiuno. VISTOS: Con fecha 28 de abril de 2021 compareció Claudio Valenzuela Díaz, abogado, domiciliado para estos efectos en calle Nueva Rubio 0134 de la comuna de Rancagua, por el condenado ALEJANDRO ALFONSO MONSALVE REYES, cédula de identidad Nº13.587.787-5, deduciendo recurso de amparo en contra de la Comisión de Libertad Condicional. Expone que su represen
¿Necesitas analizar esta sentencia?
Usa nuestro asistente de IA para buscar precedentes similares, extraer argumentos jurídicos y fundamentar tu posición.
Usar IA Jurídica