HUGO CAMILO SCHIAVI BARBERIS/TRIBUNAL SUPREMO DEL PARTIDO POLÍTICO RENOVACION NACIONAL
Rol
Fecha
30 de abril de 2021
Materia
SIN INFORMACION
Resultado
INADMISIBLE
Hechos
Visto: Teniendo presente que la materia planteada en el recurso corresponde a una de aquella de competencia exclusiva de los tribunales electorales, atendido lo dispuesto en el artículo 10 N° 2de la Ley N° 18.593, no constatándose de los hechos expuestos que éstos constituyan vulneración de alguna de las garantías constitucionales señaladas en el artículo 20 de la Constitución Política de la República; y de conformidad, además, con lo dispuesto en el N°2, inciso segundo, del Auto Acordado de la Excma. Corte Suprema sobre Tramitación y Fallo del Recurso de Protección de Garantías Constitucionales; se declara inadmisible el recurso de protección deducido por Hugo Camilo Schiavi Barberis. Al primer otrosí: Estese al mérito de lo precedentemente resuelto. Al segundo otrosí: Por acompañados los documentos. Regístrese y archívese. N°Protección-1928-2021.
Fallo
Fallo del Recurso de Protección de Garantías Constitucionales; se declara inadmisible el recurso de protección deducido por Hugo Camilo Schiavi Barberis. Al primer otrosí: Estese al mérito de lo precedentemente resuelto. Al segundo otrosí: Por acompañados los documentos. Regístrese y archívese. N°Protección-1928-2021.
Texto Completo (Preview)
C.A. de Concepción v.p.s. Concepción, treinta de abril de dos mil veintiuno. Al recurso folio 1: A lo principal: Visto: Teniendo presente que la materia planteada en el recurso corresponde a una de aquella de competencia exclusiva de los tribunales electorales, atendido lo dispuesto en el artículo 10 N° 2de la Ley N° 18.593, no constatándose de los hechos expuestos que éstos constituyan vulneraci
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