SIN INFORMACION

RECURSO DE PROTECCIÓN INTERPUESTO POR CRISTÓBAL OSSA BUSTAMANTE C/ENTEL PCS (INCOMPETENCIA ROL 1027-2021 ICA SANTIAGO)

Rol

Fecha

30 de abril de 2021

Materia

SIN INFORMACION

Resultado

RECHAZADA

Ver en fuente oficial

Hechos

VISTOS Y

Fundamentos

CONSIDERANDO: PRIMERO: Que, comparece el abogado Cristóbal Ossa Bustamante, por sí, en su calidad de dueño de la propiedad ubicada en calle Arturo Prat N°33, en la localidad de Tongoy, comuna de Coquimbo, indicando que deduce Recurso de Protección en contra de ENTEL CHILE, representada legalmente por Antonio Büchi Buc, domiciliado en Av. Costanera Sur N°2760, piso 22, comuna de Las Condes y en contra de la EMPRESA NACIONAL DE TELECOMUNICACIONES S.A, representada por Francisco Javier Sprenger Arrollo, con domicilio en Amunátegui 20, piso 5, comuna de Santiago. Hace presente que la resolución NOVENA (sic) de la sentencia de fecha 31 de diciembre de 2020, emanada de esta Corte, y que rechazó el reclamo de ilegalidad deducido por el recurrente en contra de la Ilustre Municipalidad de Coquimbo, Rol Ad-32-2019, expone: “Que si bien la postación que nos ocupa se encuentra instalada, conforme habilita la ley, en un bien nacional de uso público, sin que se requiera autorización municipal para ello, por estar sujeto a la servidumbre legal ya referida, aquello no obsta a que ciertamente por ubicación, dimensiones, peso u otras circunstancias, efectivamente pueden dañar a otras propiedades o personas, como intenta acreditar con su prueba documental la parte recurrente, sobre lo que este Tribunal no se pronunciará, conforme a la línea de razonamiento que se viene desarrollando, en cuanto no resulta la vía idónea para reclamarlo, acreditar y solicitar lo que en derecho resulte atingente”. Destaca que esta resolución NOVENA, al rechazar su reclamo de ilegalidad lo puso en la situación de recurrir de protección para el resguardo de sus derechos, que están establecidos en la Constitución Política de la República de Chile. Además, sostiene que claramente esta resolución da lugar a solicitar la sanción que propone el legislador en el Artículo 2314 y siguientes del Código Civil. Y en subsidio, hace extensivo este recurso en contra de la empresa propietaria del poste de apoyo para ENTEL, siendo la encargada de la colocación de dicho poste de apoyo, y esta es la EMPRESA NACIONAL DE TELECOMUNICACIONES S.A. En cuanto al recurso expone ser dueño de la propiedad ubicada en Calle Arturo Prat N°33, de la Península de Tongoy, Comuna de Coquimbo, y es del caso que a fines de enero del año 2019 se realizó frente a su propiedad -ubicada en la acera Oriente de calle A. Prat- sorpresivamente, por cuanto ningún vecino fue avisado ni notificado de la instalación de un poste de apoyo o soporte de antenas de enormes proporciones por orden de ENTEL CHILE, faena encargada a la Empresa Nacional de Telecomunicaciones S.A., en circunstancias que en ese sector la ubicación de los postes de energía eléctrica se encuentran en la acera poniente de la calle A. Prat, dado que por las características inestables del suelo -por su composición de arena-limosa- (de acuerdo a un informe de Endesa) no es posible la ejecución de obras de esa magnitud y naturaleza en el lado oriente de dicha arteria, r

Fallo

Por estas consideraciones solicita se acoja el recurso, y se ordene sacar o destruir el poste instalado frente a su propiedad, ubicada en calle Arturo Prat N°33, en la Península de Tongoy, Coquimbo y se ordene indemnizar, por los demandados en este recurso, los daños provocados a su propiedad por la colocación indebida del señalado poste, todo, con expresa codena en costas. Acompaña en sustento de su acción los documentos signados con los números, 1, 2, 3, 4, 5, 6, 7 y 7a, 8, 9, 10, 11, 12 y 12a, contenidos en carpeta adjunta. SEGUNDO: Que, con fecha dieciséis de marzo de dos mil veintiuno, evacuó informe el abogado FRANCISCO FUENTES CIANELLI, en representación de la recurrida ENTEL PCS TELECOMUNICACIONES S.A. Sostiene, en primer lugar, la EXTEMPORANEIDAD DE LA ACCION, sosteniendo que en efecto, a la luz de los antecedentes que obran en autos, el presente recurso es extemporáneo, toda vez que los hechos que motivan su interposición, a saber, ya que el acto reclamado como ilegal y arbitrario se ha producido en el mes de agosto del año 2019, al interponer reclamo Administrativo ante la Ilustrísima Corte de La Serena en autos caratulados “Ossa con Ilustre Municipalidad de Coquimbo”, Rol ingreso Corte 32-2019 ADM. Agrega que, en el respectivo reclamo administrativo, la parte recurrente plantea los mismos hechos que son objeto del presente recurso, es decir, alega en contra de la instalación de un poste ubicado frente a su propiedad ubicada en calle Arturo Prat N° 33, de la Pení

Texto Completo (Preview)

Ossa Bustamante, Cristóbal. Entel Chile y otra. Recurso de Protección Rol N° 41-2021. La Serena, treinta de abril de dos mil veintiuno. VISTOS Y CONSIDERANDO: PRIMERO: Que, comparece el abogado Cristóbal Ossa Bustamante, por sí, en su calidad de dueño de la propiedad ubicada en calle Arturo Prat N°33, en la localidad de Tongoy, comuna de Coquimbo, indicando que deduce Recurso de Protección en

¿Necesitas analizar esta sentencia?

Usa nuestro asistente de IA para buscar precedentes similares, extraer argumentos jurídicos y fundamentar tu posición.

Usar IA Jurídica