RECURSO DE HECHO INTERPUESTO EN FAVOR DEL SR CARLOS PINTO RIVERA C/JUEZ ARBITRO SR. KENNETH ROMERO
Rol
Fecha
23 de abril de 2021
Materia
SIN INFORMACION
Resultado
OMITE PRONUNCIAMIENTO
Hechos
VISTOS Y TENIENDO PRESENTE: PRIMERO: Que, con fecha once de febrero de dos mil veintiuno, el abogado don Camilo Vargas Martínez, en representación de don Carlos Pinto Rivera, en Juicio de Partición seguido ante Juez Árbitro Kenneth Romero Quiroz, designado en causa Rol V-249-2015 del 2° Juzgado de Letras de La Serena, dedujo recurso de hecho respecto de la resolución dictada con fecha 5 de febrero de 2021, en virtud de la cual el juez partidor declaró improcedente la apelación subsidiaria deducida con fecha 3 de febrero de 2021 en contra de las resoluciones de fecha 28 y 29 de enero de 2021, que permitieron la concurrencia de don Edison Durán Pinto como postor, sin cumplir con los requisitos establecidos en las bases de subasta, en virtud de lo establecido en al artículo 649 del Código de Procedimiento Civil. SEGUNDO: Que, el recurrente argumenta que el recurso debió concederse, por cuanto se interpuso respecto de resoluciones que conforme a derecho son apelables, habiéndose interpuesto dentro de plazo, debidamente fundadas, y conteniendo peticiones concretas, no siendo aplicable la disposición citada a las resoluciones recurridas. Por lo anterior, estima que el tribunal debió dar tramitación al recurso. Solicita que en definitiva se acoja el recurso de hecho y se resuelva que el recurso de apelación interpuesto en forma subsidiaria de reposición, debiendo solicitarse y retenerse los autos para tramitación y fallo del recurso de apelación. TERCERO: Que con fecha 6 de marzo de 2021, el juez árbitro evacúa informe, señalando que ya no tiene competencia para conocer de los autos particionales, por haber cesado en la misma, en virtud de resolución firme y ejecutoriada de fecha 15 de febrero de 2021, resolución que dejó sin efecto la subasta que motiva el presente recurso. CUARTO: Que de la copia de resolución de fecha 15 de febrero de 2021, acompañada por el juez árbitro a su informe, se verifica que éste declaró el cese de su competencia, en virtud del artículo 235 d
Fallo
fallo del recurso de apelación. TERCERO: Que con fecha 6 de marzo de 2021, el juez árbitro evacúa informe, señalando que ya no tiene competencia para conocer de los autos particionales, por haber cesado en la misma, en virtud de resolución firme y ejecutoriada de fecha 15 de febrero de 2021, resolución que dejó sin efecto la subasta que motiva el presente recurso. CUARTO: Que de la copia de resolución de fecha 15 de febrero de 2021, acompañada por el juez árbitro a su informe, se verifica que éste declaró el cese de su competencia, en virtud del artículo 235 del Código Orgánico de Tribunales, declarando nulas todas las actuaciones y resoluciones posteriores al 22 de enero de 2021, incluyendo el remate efectuado con fecha 29 de enero de 2021, quedando además sin resolución todas las incidencias planteadas con posterioridad al 22 de enero de 2021. A su vez, de la revisión de los autos V-249-2015, tramitada ante el 2° Juzgado de Letras de La Serena, en el Sistema de Tramitación de Juzgados Civiles, se verifica que se recibió el expediente arbitral en dicho juzgado con fecha 16 de marzo de 2021, por lo que se entiende además que la referida resolución se encuentra firme y ejecutoriada. QUINTO: Que, así las cosas, un eventual pronunciamiento respecto al presente recurso de hecho carece de oportunidad, toda vez que la resolución objetada fue dejada sin efecto, por lo que no cabe más que omitir pronunciamiento, como se dirá en lo resolutivo. Por estas consideraciones y vistos, ad
Texto Completo (Preview)
Vargas Martínez, Camilo Juez Árbitro Kenneth Romero Quiroz Recurso de Hecho Rol N° 117-2021.- La Serena, veintitrés de abril de dos mil veintiuno. VISTOS Y TENIENDO PRESENTE: PRIMERO: Que, con fecha once de febrero de dos mil veintiuno, el abogado don Camilo Vargas Martínez, en representación de don Carlos Pinto Rivera, en Juicio de Partición seguido ante Juez Árbitro Kenneth Romero Quiroz, desig
¿Necesitas analizar esta sentencia?
Usa nuestro asistente de IA para buscar precedentes similares, extraer argumentos jurídicos y fundamentar tu posición.
Usar IA Jurídica