SIN INFORMACION

RECURSO DE HECHO INTERPUESTO EN FAVOR DE FLAVIO ADONIS DURÁN PINCTO C/SR. KENNETH TOMERO QUIROZ (JUEZ ARBITRO)

Rol

Fecha

23 de abril de 2021

Materia

SIN INFORMACION

Resultado

RECHAZADA

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Hechos

VISTOS Y TENIENDO PRESENTE: PRIMERO: Que, con fecha cuatro de enero de dos mil veintiuno, el abogado don Pablo Galleguillos Galleguillos, en representación de don Flavio Adonis Durán Pinto, en Juicio de Partición seguido ante Juez Árbitro Kenneth Romero Quiroz, designado en causa Rol V-249-2015 del 2° Juzgado de Letras de La Serena, dedujo recurso de hecho respecto de la resolución dictada con fecha 24 de diciembre de 2020, notificada a su parte con fecha 28 de diciembre de 2020, en virtud de la cual el juez partidor declaró improcedente la apelación subsidiaria deducida con fecha 23 de diciembre de 2020 en contra de la resolución de fecha 15 de diciembre de 2020, que rechazó incidente de nulidad procesal interpuesto por su parte, en virtud de lo establecido en al artículo 649 del Código de Procedimiento Civil. SEGUNDO: Que, el recurrente argumenta que yerra el juez partidor en denegar la apelación, dado que el juicio arbitral de autos se encuentra reglado por lo establecido en el inciso segundo del artículo 628 del Código de Procedimiento Civil, no habiendo renunciado su parte a los recursos que franquea la ley, no existiendo motivo para denegar el recurso. Agrega que el artículo 649 del Código de Procedimiento Civil lo que establece, es que las resoluciones dictadas en audiencia son inapelables, careciendo dicha normativa de aplicación en este caso. Solicita que en definitiva se acoja el recurso de hecho y se resuelva que el recurso de apelación interpuesto en forma subsidiaria de reposición, contra la resolución de fecha 24 de diciembre de 2020 es procedente, debiendo solicitarse y retenerse los autos para tramitación y fallo del recurso de apelación, con costas. TERCERO: Que con fecha 25 de enero de 2021, evacuando informe, el juez árbitro recurrido señala que con fecha 15 de diciembre de 2020 negó lugar al incidente de nulidad opuesto por el recurrente de autos, quien con fecha 23 de diciembre de 2020 interpuso recurso de reposición con apelación en subsidio

Fallo

fallo del recurso de apelación, con costas. TERCERO: Que con fecha 25 de enero de 2021, evacuando informe, el juez árbitro recurrido señala que con fecha 15 de diciembre de 2020 negó lugar al incidente de nulidad opuesto por el recurrente de autos, quien con fecha 23 de diciembre de 2020 interpuso recurso de reposición con apelación en subsidio contra dicha resolución, agregando que con fecha 24 de diciembre de 2020 se rechazó la reposición y también la apelación subsidiaria interpuesta, por el mismo argumento señalado respecto de la aplicación del artículo 649 del Código de Procedimiento Civil. En informe complementario de fecha 7 de marzo de 2021, hace presente que ya no tiene competencia para conocer de los autos particionales, por haber cesado en la misma, en virtud de resolución firme y ejecutoriada de fecha 15 de febrero de 2021. CUARTO: Que, compartiendo estos sentenciadores los argumentos vertidos por el juzgador a quo en la resolución recurrida y en el informe evacuado, como asimismo, atendido el claro tenor del artículo 649 del Código de Procedimiento Civil, es que se concluye que el arbitrio impetrado en contra de la resolución dictada por el Juez Árbitro resulta improcedente, motivo que conduce necesariamente a desestimar el presente recurso de hecho. Por estas consideraciones y vistos, además, lo dispuesto en el artículo 203 del Código de Procedimiento Civil, SE RECHAZA el recurso de hecho deducido con fecha cuatro de enero de dos mil veintiuno por don Pablo G

Texto Completo (Preview)

Galleguillos Galleguillos, Pablo Juez Árbitro Kenneth Romero Quiroz Recurso de Hecho Rol N° 1-2021.- La Serena, veintitrés de abril de dos mil veintiuno. VISTOS Y TENIENDO PRESENTE: PRIMERO: Que, con fecha cuatro de enero de dos mil veintiuno, el abogado don Pablo Galleguillos Galleguillos, en representación de don Flavio Adonis Durán Pinto, en Juicio de Partición seguido ante Juez Árbitro Kennet

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