PAGES/DEPARTAMENTO DE EXTRANJERIA Y MIGRACIÓN DEL MINISTERIO DE INTERIOR Y SEGURIDAD PUBLICA
Rol
Fecha
22 de abril de 2021
Materia
SIN INFORMACION
Resultado
RECHAZADA
Hechos
Visto y teniendo presente: Primero: Que el 30 de diciembre de 2020 comparece doña Jhosané Pagés Díaz, , Ingeniero Civil Químico, residente temporaria, en su nombre y en representación de su hija Anah Lorenzo Pagés, menor de edad, residente temporaria, ambas de nacionalidad Cubana, interponiendo acción constitucional de protección en su favor y en contra del Departamento de Extranjería y Migración del Ministerio del Interior y Seguridad Pública, representado por don Álvaro Belollio Avaria, por los actos que las han perturbado y amenazado, en el derecho garantizado en el numeral 2 del artículo 19 de la Constitución Política de la República. Fundando la acción señala que ingresó regularmente a Chile junto a su familia el 4 de junio de 2019, con visa de residente temporaria titular, su cónyuge Junior Lorenzo Llanes y su hija Anah Lorenzo Pagés con visa de residente temporario dependiente por CONICYT hoy ANID (Agencia Nacional de Investigación y Desarrollo) quien la patrocinó en proyecto postdoctoral FONDECYT N°3190176, beca que inició el mes de junio de 2019 y debe concluir en marzo de 2022, con resultados de investigación, publicaciones y participación en eventos internacionales, los que debe desarrollar conjuntamente con la Universidad de Santiago, lugar en que desarrolla su beca. Alega que el 25 de mayo de 2020 presentó solicitudes de permanencia definitiva para ella, su hija y su cónyuge a través de la Oficina Chile Atiende, adjuntando toda la documentación pertinente, asignándose los ingresos N°4982130; 4985748 y 4986266, extendiéndoseles copias con todos los datos personales correctos. Precisa que el 22 de noviembre de 2020 bajó de la página www.tramites.extranjeria.gob.cl las ampliaciones de solicitudes de Permanencia Definitiva en trámite, no presentando problemas la de su cónyuge, pero la de su hija no se generó, arrojando como mensaje que “no se encuentra disponible en este momento” y, en su caso, bajo la ampliación de solicitud pero su contenido está errad
Fallo
Por estas consideraciones y de conformidad, además, con lo preceptuado en los artículos 19 y 20 de la Constitución Política de la República y Auto Acordado sobre Tramitación del Recurso de Protección, se rechaza por pérdida de oportunidad, sin costas, la acción deducida por doña Jhosané Pagés Díaz, por sí y en representación de su hija Anah Lorenzo Pagés, en contra del Departamento de Extranjería y Migración del Ministerio del Interior y Seguridad Pública. Regístrese, comuníquese y archívese. N°Protección-97679-2020.
Texto Completo (Preview)
C.A. de Santiago Santiago, veintidós de abril de dos mil veintiuno. Al escrito folio 20: a lo principal, segundo y tercer otrosíes, téngase presente. Al primer otrosí, a sus antecedentes. Visto y teniendo presente: Primero: Que el 30 de diciembre de 2020 comparece doña Jhosané Pagés Díaz, , Ingeniero Civil Químico, residente temporaria, en su nombre y en representación de su hija Anah Lorenzo Pag
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