MP C/ MATIAS IGNACIO FUENTES MORALES
Rol
Fecha
22 de abril de 2021
Materia
ROBO EN LUGAR HABITADO O DESTINADO A LA HABITACION. ART. 440.
Resultado
REVOCADA
Hechos
VISTOS: Atendido el mérito de los antecedentes y lo expuesto por los intervinientes, se REVOCA la resolución apelada de veinte de abril de dos mil veintiuno y, en su RXDCJGVZXH lugar, se decreta la prisión preventiva del imputado por peligro para la seguridad de la sociedad. Acordada con el voto en contra de la Ministra Sra. Marcia Undurraga Jensen, quien estuvo por confirmar la resolución en alzada en virtud de sus propios fundamentos. Comuníquese. Se deja constancia que los intervinientes quedan notificados de la presente resolución, conforme lo dispuesto en el artículo 30 del Código Procesal Penal. Sin perjuicio, se dejará constancia de la presente resolución en el estado diario. El presente acta sólo constituye un registro administrativo, confeccionado por el funcionario Digitador de Sala en el que resume lo acontecido y resuelto en la audiencia. Los argumentos vertidos por las partes y la fundamentación de la resolución dictada, se encuentran íntegramente en el registro de audio de la presente audiencia. Rol 261 – 2021 PEN. El Ministro de fe que suscribe, deja constancia que el acta que antecede es fiel a lo obrado en la audiencia que da cuenta. Valdivia, 22 de abril de 2021. Alejandro Clunes Muñoz Relator En Valdivia veintidós de abril de dos mil veintiuno, notifiqué por el estado diario la resolución precedente. Ministro de fe. RXDCJGVZXH Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl o en la tramitación de la causa. A contar del 04 de abril de 2021, la hora visualizada corresponde al horario de invierno establecido en Chile Continental. Para la Región de Magallanes y la Antártica Chilena sumar una hora, mientras que para Chile Insular Occidental, Isla de Pascua e Isla Salas y Gómez restar dos horas. Para más información consulte http://www.horaoficial.cl
Fundamentos
fundamentos de derecho que expone en la audiencia, se revoque la resolución apelada y, en su lugar, se decrete la prisión preventiva del imputado por peligro para la seguridad de la sociedad. Acto seguido alega la defensa, quien en mérito de las alegaciones de hecho y derecho que expone en la audiencia, solicita se confirme la resolución en alzada. Los intervinientes hacen uso de su derecho a réplica, manteniéndose en sus planteamientos. La Sra. Presidenta de la Sala da por terminados los alegatos y comunica la siguiente resolución: VISTOS: Atendido el mérito de los antecedentes y lo expuesto por los intervinientes, se REVOCA la resolución apelada de veinte de abril de dos mil veintiuno y, en su RXDCJGVZXH lugar, se decreta la prisión preventiva del imputado por peligro para la seguridad de la sociedad. Acordada con el voto en contra de la Ministra Sra. Marcia Undurraga Jensen, quien estuvo por confirmar la resolución en alzada en virtud de sus propios fundamentos. Comuníquese. Se deja constancia que los intervinientes quedan notificados de la presente resolución, conforme lo dispuesto en el artículo 30 del Código Procesal Penal. Sin perjuicio, se dejará constancia de la presente resolución en el estado diario. El presente acta sólo constituye un registro administrativo, confeccionado por el funcionario Digitador de Sala en el que resume lo acontecido y resuelto en la audiencia. Los argumentos vertidos por las partes y la fundamentación de la resolución dictada, se encuentran íntegramente en el registro de audio de la presente audiencia. Rol 261 – 2021 PEN. El Ministro de fe que suscribe, deja constancia que el acta que antecede es fiel a lo obrado en la audiencia que da cuenta. Valdivia, 22 de abril de 2021. Alejandro Clunes Muñoz Relator En Valdivia veintidós de abril de dos mil veintiuno, notifiqué por el estado diario la resolución precedente. Ministro de fe. RXDCJGVZXH Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl o en la tramitación de la causa. A contar del 04 de abril de 2021, la hora visualizada corresponde al horario de invierno establecido en Chile Continental. Para la Región de Magallanes y la Antártica Chilena sumar una hora, mientras que para Chile Insular Occidental, Isla de Pascua e Isla Salas y Gómez restar dos horas. Para más información consulte http://www.horaoficial.cl
Texto Completo (Preview)
A C T A AUDIENCIA REALIZADA EL DIA VEINTIDÓS DE ABRIL DE DOS MIL VEINTIUNO, PARA LA VISTA- POR LA SEGUNDA SALA DE LA I. CORTE DE APELACIONES DE VALDIVIA- DEL RECURSO DE APELACION INTERPUESTO POR EL MINISTERIO PÚBLICO EN CAUSA RUC 2000760228- 7, RIT 4694–2020. ROL CORTE 261–2021 PEN. Siendo las 9:12 horas del día señalado, se lleva a efecto la audiencia, con la asistencia las (os) Ministras (os),
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