ORTEGA LORENA /BANCO FALABELLA S.A.
Rol
Fecha
22 de abril de 2021
Materia
APELACIÓN SENTENCIA DEFINITIVA
Resultado
CONFIRMADA
Hechos
VISTOS: Atendido el mérito de los antecedentes, teniendo presente la incertidumbre e inseguridad que origina la imposibilidad de disponer de los montos de dinero que tenía bajo resguardo y depósito en el banco demandado, SE CONFIRMA la sentencia definitiva de fecha veintiséis de septiembre de dos mil diecinueve, CON DECLARACIÓN que el daño moral se fija en la suma de $800.000 (ochocientos mil pesos), por estimarse dicha cantidad más condigna con las probanzas incorporadas en juicio y los hechos en que se funda la acción civil indemnizatoria. Decisión acordada contra el voto de la Ministra Sra. Georgina Gutiérrez Aravena, quien estuvo por confirmar, en todas sus partes, la sentencia impugnada, por estimar que el monto otorgado por concepto de daño moral se ajusta a la afectación extrapatrimonial sufrida por la demandante. Regístrese y devuélvase. Policia Local-44-2020. (fcv)
Texto Completo (Preview)
C.A. de Temuco Temuco, veintidós de abril de dos mil veintiuno. A los folios N° 45 y 46: Téngase presente. Al folio N° 47: A lo principal y al otrosí: Téngase presente. VISTOS: Atendido el mérito de los antecedentes, teniendo presente la incertidumbre e inseguridad que origina la imposibilidad de disponer de los montos de dinero que tenía bajo resguardo y depósito en el banco demandado, SE CONF
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