JUZGADO DE GARANTIA DE RANCAGUA

MOLINERA DEL MAIPO S.A C/ JAIME ANDRES VALENZUELA NIEDBALSKI

Rol

Fecha

22 de abril de 2021

Materia

OTROS DELITOS LEY DE CUENTAS CORRIENTES BANCARIAS Y CHEQUES

Resultado

CONFIRMADA

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Hechos

Vistos: 1° Que, en el procedimiento concursal al que se ha hecho alusión por los intervinientes, eventualmente serán pagadas las facturas que motivaron la emisión de los cheques cuyos protestos motivan la presente causa. 2° Que, en este orden de ideas cobra relevancia lo dispuesto en el inciso 7° del artículo 22 de la Ley de Cuentas Corrientes, Bancarias y Cheques, de conformidad al cual, el pago del cheque constituirá causal de sobreseimiento definitivo, lo cual debe entenderse en relación con el artículo 93 letra f) del Código Procesal Penal. 3° Que, una cuestión civil con tal efecto en lo penal habilita la suspensión del presente procedimiento entretanto no se resuelva la cuestión del procedimiento concursal que aquí se ha tratado. Atendido el mérito de los antecedentes y de conformidad con lo dispuesto en los artículos 360 y siguientes del Código Procesal Penal, se confirma la resolución apelada de uno de abril del año dos mil veintiuno, dictada por el Juzgado de Garantía de Rancagua, en causa RIT 8387-2020. Comuníquese y devuélvase. Rol Corte 788-2021.Penal.-

Texto Completo (Preview)

dpp C.A. de Rancagua Rancagua, veintidós de abril de dos mil veintiuno. Siendo las 12:50 horas, ante la Primera Sala de esta Iltma. Corte de Apelaciones, integrada por los Ministros Titulares Sr. Ricardo Pairicán García, Sra. Bárbara Quintana Letelier y el abogado integrante Sr. Alberto Veloso Abril, se lleva a efecto la audiencia pública del recurso de apelación deducido en contra de la resolució

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