SIN INFORMACION

KRUG / COMISIÓN DE LIBERTAD CONDICIONAL DE VALPARAÍSO

Rol

Fecha

22 de abril de 2021

Materia

SIN INFORMACION

Resultado

RECHAZADA

Ver en fuente oficial

Hechos

VISTOS: A folio 1, se recurre de amparo en favor del sentenciado Cristián Eduardo Krug Araya y en contra de la Comisión de Libertad Condicional de Valparaíso, porque ilegalmente rechazó otorgarle la libertad condicional. Solicita acoger este arbitrio, dejar sin efecto la correspondiente resolución y conceder el referido beneficio, por reunirse la totalidad de los requisitos exigidos por el ordenamiento jurídico. A folio 4, el Alcaide del Centro de Detención Preventiva de Limache remite los antecedentes que constan en la carpeta de postulación del interno. A folio 5, la Comisión de Libertad Condicional informa el recurso y remite los antecedentes pertinentes al mismo. A folio 6, se trajeron los autos en relación. CON LO RELACIONADO Y

Fundamentos

CONSIDERANDO: Primero: Que, lo que se cuestiona por esta vía es la legalidad de la Resolución N° 250 de 6 de abril de 2021, de la Comisión de Libertad Condicional que desestimó otorgar el beneficio para el cual fue constituida, según el razonamiento que en ella se contiene. Segundo: Que, entonces, la cuestión sometida a conocimiento de esta Corte consiste en determinar si la recurrida, al rechazar el beneficio en comento, ponderó de manera legítima los antecedentes del informe de postulación psicosocial. Tercero: Que, en el caso de autos, el amparado está sujeto a la reglamentación prevista en el Decreto Ley N° 321 de 1925 y sus modificaciones, efectuadas por la Ley N° 21.124 de 18 de enero de 2019, la que hizo exigible -entre otras condiciones- conforme lo dispuesto por el numeral 3) del artículo 2° del referido Decreto Ley, que el postulante a la libertad condicional deba “3) Contar con un informe de postulación psicosocial elaborado por un equipo profesional del área técnica de Gendarmería de Chile que permita orientar sobre los factores de riesgo de reincidencia, con el fin de conocer sus posibilidades para reinsertarse adecuadamente en la sociedad. Dicho informe contendrá, además, los antecedentes sociales y las características de personalidad de la persona condenada, dando cuenta de la conciencia de la gravedad del delito, del mal que éste causa y de su rechazo explícito a tales delitos” Cuarto: Que, resulta

Fallo

por tanto manifiesto que la Comisión recurrida tiene la facultad de ponderar los antecedentes que le sean presentados y, conforme a ellos decidir fundadamente sobre la solicitud. Es precisamente el mérito del referido documento lo que sustenta la resolución impugnada, tal como lo ha expresado la Presidenta de la Comisión. En efecto, dicho informe indica que aun cuando el interno ingresó al programa para privados de libertad, manteniéndose en intervención, aquel todavía se encuentra en una etapa de pre contemplación. Asimismo, destaca que si bien el amparado no niega la actividad delictual, aún presenta factores de riesgo vinculados con su autocontrol, mostrando un actuar manipulador para conseguir ganancias destinadas a obtener su egreso rápido al medio libre. Agrega que si bien podría tener factores protectores como acontece con su pareja, hija y madre, lo cierto es que la profesional que suscribió el citado informe concluye que aquellos factores necesitan fortalecerse con miras a disminuir sus posibilidades de reincidencia y con ello lograr un buen proceso de reinserción de manera paulatina. Quinto: Que, en consecuencia, la Comisión de Libertad Condicional no ha obrado contrario a derecho, lo que condiciona el rechazo de la presente acción de amparo. Por estas consideraciones y visto, además, lo dispuesto en el artículo 21 de la Constitución Política de la República y Auto Acordado de la Excma. Corte Suprema sobre la materia, se rechaza el recurso de amparo interpuesto e

Texto Completo (Preview)

C.A. de Valparaíso Valparaíso, veintidós de abril de dos mil veintiuno. VISTOS: A folio 1, se recurre de amparo en favor del sentenciado Cristián Eduardo Krug Araya y en contra de la Comisión de Libertad Condicional de Valparaíso, porque ilegalmente rechazó otorgarle la libertad condicional. Solicita acoger este arbitrio, dejar sin efecto la correspondiente resolución y conceder el referido benefi

¿Necesitas analizar esta sentencia?

Usa nuestro asistente de IA para buscar precedentes similares, extraer argumentos jurídicos y fundamentar tu posición.

Usar IA Jurídica