AGRECU/VTR COMUNICACIONES S.P.A. (LTE)
Rol
Fecha
21 de abril de 2021
Materia
ACCIÓN COLECTIVA LEY CONSUMIDOR N° 19.496
Resultado
REVOCADA
Hechos
Visto: Teniendo presente los artículos 52 y siguientes de la Ley N°19.496 y tratándose de los mismos hechos, se revoca la resolución apelada de veintiséis de febrero de dos mil veintiuno dictada por el Vigésimo Sexto Juzgado Civil de Santiago, y en su lugar se declara que se acoge la solicitud de acumulación planteada, debiendo acumularse a la presente causa las roles C-11.252-2020 seguida ante el Décimo Cuarto Juzgado Civil de Santiago, C-10.315-2020 seguida ante el Vigésimo Primer Juzgado Civil de Santiago y C-13.392-2020 del Décimo Sexto Juzgado Civil de Santiago. Comuníquese. N°Civil-2355-2021. Pronunciada por la Novena Sala, integrada por los Ministros señor Miguel Eduardo Vazquez Plaza, señora Dobra Lusic Nadal y el Ministro (S) señor Jose H. Marinello Federici. Autoriza el (la) ministro de fe de esta Iltma. Corte de Apelaciones de Santiago. En Santiago, veintiuno de abril de dos mil veintiuno, se notificó por el estado diario la resolución que antecede.
Fallo
se declara que se acoge la solicitud de acumulación planteada, debiendo acumularse a la presente causa las roles C-11.252-2020 seguida ante el Décimo Cuarto Juzgado Civil de Santiago, C-10.315-2020 seguida ante el Vigésimo Primer Juzgado Civil de Santiago y C-13.392-2020 del Décimo Sexto Juzgado Civil de Santiago. Comuníquese. N°Civil-2355-2021. Pronunciada por la Novena Sala, integrada por los Ministros señor Miguel Eduardo Vazquez Plaza, señora Dobra Lusic Nadal y el Ministro (S) señor Jose H. Marinello Federici. Autoriza el (la) ministro de fe de esta Iltma. Corte de Apelaciones de Santiago. En Santiago, veintiuno de abril de dos mil veintiuno, se notificó por el estado diario la resolución que antecede.
Texto Completo (Preview)
C.A. de Santiago Santiago, veintiuno de abril de dos mil veintiuno. Visto: Teniendo presente los artículos 52 y siguientes de la Ley N°19.496 y tratándose de los mismos hechos, se revoca la resolución apelada de veintiséis de febrero de dos mil veintiuno dictada por el Vigésimo Sexto Juzgado Civil de Santiago, y en su lugar se declara que se acoge la solicitud de acumulación planteada, debiendo ac
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