SIN INFORMACION

MOTTA GONZÁLEZ JUAN CAMILO / 1° JUZGADO DE GARANTIA DE SANTIAGO

Rol

Fecha

21 de abril de 2021

Materia

SIN INFORMACION

Resultado

RECHAZADA

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Hechos

VISTOS Y TENIENDO PRESENTE: PRIMERO: Que, comparece don Mirko José Marinkovic Sánchez, abogado, en representación de don Juan Camilo Motta González, quien actualmente cumple condena en el C.D.P. Santiago 1, quien interpone acción constitucional de amparo en contra del Primer Juzgado de Garantía de Santiago, por la resolución dictada con fecha 29 de marzo de 2021, a fin de que sea dejado sin efecto y se ordene la libertad del condenado, a la espera de su expulsión. Expone que el amparado fue condenado a la pena sustitutiva de expulsión del territorio nacional, con fecha 26 de enero de 2021. Actualmente, señala, se encuentra esperando fecha para su expulsión, de conformidad al artículo 34 de la Ley N° 18.216, que no se puede concretar por la contingencia de salud pública. En ese contexto, han transcurrido más de 60 de días y no se ha materializado la pena sustitutiva, privando a su representado de sus garantías fundamentales a la libertad personal y la seguridad individual. Argumenta que mantener al amparado privado de libertad a la espera de la expulsión, que no puede materializarse por factores ajenos a su voluntad y sin fecha estimativa, vulnera la garantía y, así, la petición se enmarca como un mecanismo de reparación del Estado, debido a que está siendo privado de libertad por un período mayor al correspondiente, imponiéndole la privación de libertad como pena efectiva. Esgrime que la resolución afecta lo dispuesto en las letras b) y e) del artículo 19 N° 7 de la Constitución Política de la República y el N° 1 del mismo artículo, en cuanto la detención no es necesaria para la investigación, para la seguridad del ofendido o de la sociedad, y atenta contra su vida e integridad física, por exposición de contagio al COVID-19, habiendo varios focos en el C.D.P. Santiago 1. Solicita que se adopte como medida necesaria para el restablecimiento del Derecho, decretar alguna medida cautelar del artículo 155 del Código Procesal Penal, como el arresto domiciliario total,

Fallo

por tanto resorte del Ministerio del Interior y Seguridad Pública cumplir con la medida de expulsión del amparado, en el plazo dispuesto por la magistrada recurrida. Por estas consideraciones, y visto además lo dispuesto en los artículos 19 y 21, ambos de la Constitución Política de la República, se rechaza el recurso de amparo deducido en favor del condenado Juan Camilo Motta González, en contra del Primer Juzgado de Garantía de Santiago. Regístrese, comuníquese y archívese. N° Amparo-675-2021. Pronunciada por la Tercera Sala de esta Iltma. Corte de Apelaciones de Santiago, presidida por el Ministro señor Juan Cristóbal Mera Muñoz, conformada por la Ministra señora Verónica Sabaj Escudero y el Abogado Integrante señor Cristián Lepin Molina.

Texto Completo (Preview)

Santiago, veintiuno de abril de dos mil veintiuno. VISTOS Y TENIENDO PRESENTE: PRIMERO: Que, comparece don Mirko José Marinkovic Sánchez, abogado, en representación de don Juan Camilo Motta González, quien actualmente cumple condena en el C.D.P. Santiago 1, quien interpone acción constitucional de amparo en contra del Primer Juzgado de Garantía de Santiago, por la resolución dictada con fecha 29

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