1º JUZGADO DE LETRAS DE PUERTO VARAS

PROMOTORA CMR FALABELLA S.A./HERNÁNDEZ

Rol

Fecha

21 de abril de 2021

Materia

PAGARÉ, COBRO DE

Resultado

REVOCADA

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Hechos

Visto: Con la cuenta dada y atendido el mérito de los antecedentes, apareciendo que el documento que se exige acompañar materialmente no es el título fundante de la ejecución y por lo tanto no se encuentra en el supuesto contemplado en el artículo 6º de la Ley Nº 20.886 y en cualquier caso, se ha acompañado una copia autorizada por fedatario competente de aquel, se revoca la resolución en alzada de fecha doce de febrero de dos mil veintiuno y en su lugar se declara que se deberá proveer derechamente la demanda ejecutiva enderezada a folio Nº 1 de la carpeta digital de primera instancia. Devuélvase. Rol Civil 260-2021

Fallo

se declara que se deberá proveer derechamente la demanda ejecutiva enderezada a folio Nº 1 de la carpeta digital de primera instancia. Devuélvase. Rol Civil 260-2021

Texto Completo (Preview)

Puerto Montt, veintiuno de abril de dos mil veintiuno Visto: Con la cuenta dada y atendido el mérito de los antecedentes, apareciendo que el documento que se exige acompañar materialmente no es el título fundante de la ejecución y por lo tanto no se encuentra en el supuesto contemplado en el artículo 6º de la Ley Nº 20.886 y en cualquier caso, se ha acompañado una copia autorizada por fedatario co

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