INVERSIONES E INMOBILIARIA ESPERANZA S.A./ILUSTRE MUNICIPALIDAD DE PROVIDENCIA (LTE)
Rol
Fecha
21 de abril de 2021
Materia
PRESCRIP.EXTINCIÓN DE ACCIONES, ADQUISICIÓN DE DERECHOS Y OT
Resultado
CONFIRMADA
Hechos
Vistos: Se reproduce la sentencia de primera instancia, con excepción del pasaje “, época en que se interrumpió la prescripción,” y del motivo Quinto, que se eliminan. Y se tiene en su lugar presente: Primero: Que en el escrito de demanda que dio origen al presente proceso la actora expuso que como consecuencia de gestiones realizadas ante la Tesorería Municipal de la Municipalidad de Providencia, se le informó que Inmobiliaria e Inversiones Esperanza S.A. registraba deudas por concepto de patentes municipales y derechos de aseo por un total de $46.893.667. Con el objeto de demostrar la existencia de las obligaciones acompañó en el primer otrosí de la referida presentación un documento fechado 13 de julio de 2018, titulado “Certificado de Todos Rol N°: 94-4”, referido al Rol Único Tributario N° 96.987.670-1, que corresponde al de la compañía antes nombrada, y que aparece suscrito por un funcionario de la Sección de Patentes y Permisos del Departamento de Rentas Municipales de la Municipalidad de Providencia. Segundo: Que en el instrumento antes singularizado, no objetado por la parte demandada, se leen seis columnas que señalan, en lo que interesa, “Art. 24”, “Art. 140”, “D. Aseo”, “B.N.U.P.”, “M. Art. 56” y “Otros”, indicándose cifras únicamente en las columnas “Art. 24”, “D. Aseo” y “Otros”. Pues bien, si el tribunal a quo entendió que la expresión “D. Aseo” correspondía a los “derechos de aseo” cuya prescripción pretendía la sociedad demandante se declarara, no se explica por qué no hubo de concluir que la expresión “Art. 24” hace alusión a la patente municipal respecto de la cual se persigue idéntica declaración, en tanto el artículo 24 del Decreto Ley N° 3.063 de 1979, sobre Rentas Municipales, se refiere precisamente a este impuesto municipal. Es por lo anterior que debe tenerse por acreditado que las cifras que se expresan bajo la columna “Art. 24” del documento acompañado por la actora corresponde a las sumas de dinero que adeuda por concepto de patente
Fallo
se declarara, no se explica por qué no hubo de concluir que la expresión “Art. 24” hace alusión a la patente municipal respecto de la cual se persigue idéntica declaración, en tanto el artículo 24 del Decreto Ley N° 3.063 de 1979, sobre Rentas Municipales, se refiere precisamente a este impuesto municipal. Es por lo anterior que debe tenerse por acreditado que las cifras que se expresan bajo la columna “Art. 24” del documento acompañado por la actora corresponde a las sumas de dinero que adeuda por concepto de patentes municipales por los períodos primer semestre de 2002 a segundo semestre de 2018. Tercero: Que de conformidad con lo dispuesto en el inciso primero del artículo 2521 del Código Civil, prescriben en tres años las acciones a favor o en contra del Fisco y de las Municipalidades provenientes de toda clase de impuestos. Al tenor del precepto antes transcrito corresponde acoger la pretensión de la sociedad actora a en lo que se refiere a las patentes municipales devengadas con anterioridad a tres años contados retrospectivamente desde la fecha de interposición de la demanda, conforme se dirá en lo resolutivo de la presente sentencia. Por estas consideraciones y visto, además, lo dispuesto en las normas legales citadas y en los artículos 186 y siguientes del Código de Procedimiento Civil, se confirma la sentencia de veintinueve de abril de dos mil diecinueve, dictada por el Noveno Juzgado Civil de Santiago en la causa Rol N° 26.600-2018, con declaración que se decl
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C.A. de Santiago Santiago, veintiuno de abril de dos mil veintiuno. Vistos: Se reproduce la sentencia de primera instancia, con excepción del pasaje “, época en que se interrumpió la prescripción,” y del motivo Quinto, que se eliminan. Y se tiene en su lugar presente: Primero: Que en el escrito de demanda que dio origen al presente proceso la actora expuso que como consecuencia de gestiones real
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