SIN INFORMACION

VERA/DEPARTAMENTO DE EXTRANJERÍA Y MIGRACIÓN

Rol

Fecha

20 de abril de 2021

Materia

SIN INFORMACION

Resultado

RECHAZADA/PERDIDA OPORTUNIDAD

Ver en fuente oficial

Hechos

Vistos y teniendo presente: Primero: Que don Ernesto Antonio Vera Rodríguez, cubano, deduce acción de protección constitucional en contra del Departamento de Extranjería y Migración del Ministerio del Interior y Seguridad Pública, por haber incurrido en la omisión que califica de ilegal y arbitraria, consistente en no pronunciarse respecto a su solicitud de permanencia definitiva, de modo que estima afectada la garantía constitucional contemplada en el numeral 2º del artículo 19 de la Carta Fundamental, por lo que, solicita se acoja la presente acción, en el sentido de adoptar las providencias que juzgue necesarias para restablecer el imperio del derecho y, en especial, permitir que el recurrente pueda acceder a un documento de identidad vigente, que le permita llevar una vida común e igualitaria en Chile. Expresa que el 14 de febrero de 2019, en su pasaporte fue estampada la visa temporaria que vencía el 14 de febrero de 2020, razón por la cual, presentó una solicitud de permanencia definitiva el 13 de diciembre de 2019. Sin embargo, han transcurrido trece meses sin que la autoridad emitiera pronunciamiento e incluso venció su cédula de identidad. Aduce que la situación antes descrita le ha generado una serie de dificultades, por cuanto, se ha convertido en una especie de ciudadano de segunda, algo así como un “apátrida”, que aun teniendo permanencia legal en Chile, no puede acceder a movilizar libremente, tener cuentas bancarias, suscribir un contrato de tv por cable, adquirir un línea telefónica de celular, suscribir un contrato de arriendo, ni otorgar cualquier otro documento en notarias, acceder a un nuevo empleo, solicitar informes comerciales, y en general todas las que pudiera realizar cualquier ciudadano con un carnet de identidad vigente. Destaca que actualmente se encuentra tramitando la convalidación de sus estudios superiores como abogado en la Universidad de Chile y un magíster en la Universidad Católica. Bajo el acápite del derecho, alega que la au

Fallo

por tanto en situación migratoria regular en el país. Agrega que el rechazo de su solicitud tiene como argumento que el extranjero no cuenta con estabilidad económica durante el período de visación, según la información plasmada en los certificados de cotizaciones remitidos, los que dan cuenta que, para febrero, marzo, julio y septiembre 2019 sus ingresos fueron inferiores al sueldo mínimo, y por tanto, carece de recursos que le permitan vivir en Chile sin constituir una carga social. En cuanto al estampado de la visación en el pasaporte, refiere que su regulación se efectúa en la Circular Nº 58 de fecha 22 de septiembre de 2020 del Departamento de Extranjería y Migración del Ministerio del Interior y Seguridad Pública se estableció el “Estampado Electrónico para visas de residencia”, el que señala: 1. “Todos los extranjeros a los que se les haya otorgado una visación de residencia en nuestro país, podrán obtener un Certificado electrónico de residente” Por ello, los extranjeros podrán realizar de forma online, mediante https://tramites.extranjeria.gob.cl/, la obtención del certificado de estampado electrónico. La regularidad en el país de los extranjeros y la facultad de ejercer cualquier actividad económica lícita en el país se verificará con la visación otorgada y estampada, y tiene fundamento en los artículos 135 bis inciso final y 157 del Reglamento de la Ley de Extranjería. Hace presente que consta que el recurrente no ha estampado electrónicamente su visación tempo

Texto Completo (Preview)

C.A. de Santiago Santiago, veinte de abril de dos mil veintiuno. Al folio 12: a lo principal, al segundo y tercer otrosíes, téngase presente; al primer otrosí, a sus antecedentes. Vistos y teniendo presente: Primero: Que don Ernesto Antonio Vera Rodríguez, cubano, deduce acción de protección constitucional en contra del Departamento de Extranjería y Migración del Ministerio del Interior y Segurida

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