12º JUZGADO DE GARANTIA DE SANTIAGO

M.P C/ JESUS ANDRES BARRERA SOTELO

Rol

Fecha

19 de abril de 2021

Materia

PORTE DE ARMA CORTANTE O PUNZANTE. ART. 288 BIS

Resultado

CONFIRMADA

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Hechos

Vistos y oídos los intervinientes: Que atendido lo expuesto en la audiencia aparece que, en este estadio procesal, se encuentran justificados los presupuestos materiales de las letras a) y b) del artículo 140 del Código Procesal Penal respecto de los delitos por los que se formalizó la investigación, y se estima, además, que la libertad del imputado constituye un peligro para la seguridad de la sociedad, de conformidad con lo dispuesto en la letra c) de la norma antes mencionada,

Fundamentos

considerando el número, naturaleza, forma de comisión y pena probable a imponer por todos los delitos que le fueran atribuidos, lo que torna insuficiente las restantes medidas cautelares. Y de conformidad, además, con lo dispuesto en los artículos 33 de la Ley 20.084, 352 y 370 del Código Procesal Penal, se confirma la resolución de nueve de abril del año en curso, pronunciada por el 12° Juzgado de Garantía de Santiago en la causa RIT 1509-2021, que sometió al imputado de iniciales J.A.B.S. a la medida cautelar personal de internación provisoria. Comuníquese y devuélvase vía interconexión. Nº 1103-2021 Penal.

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Fecha: diecinueve de abril de dos mil veintiuno. Segunda Sala Rol Corte: 1103-2021 RUC: 2100338614-4 RIT: 1509-2021 12° JUZGADO DE GARANTÍA DE SANTIAGO Ministro de fe: Cristián Alcántara Mödinger Defensor: Rodrigo Palacios Marambio Ministerio Público: Samuel Malamud Herrera Imputado: J.A.B.S. Tipo de Recurso: Apelación de medida cautelar. Delitos: Artículos 288 bis, 318, 436 inciso primero y 456

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