MP. C/ FABIOLA ANDREA ZAMORANO CABEZAS, JORGE EDUARDO PONCE NÚÑEZ, CARLOS ANTONIO ZAMORANO CABEZAS Y JOSÉ MANUEL ZAMORANO CABEZAS.
Rol
Fecha
16 de abril de 2021
Materia
TRAFICO ILICITO DE DROGAS ART. 3 LEY Nº 20.000.
Resultado
REVOCADA
Hechos
Vistos: Oídos los intervinientes y teniendo presente que en el actual estadio procesal se observan antecedentes suficientes que permiten sostener la existencia de los presupuestos establecidos en las letras a) y b) del artículo 140 del Código Procesal Penal, en relación al delito por el cual se han formalizados investigación y la eventual participación de los imputados en éste, esta Corte estima que su libertad constituye un peligro para la seguridad de la sociedad, en atención a la gravedad de la pena asignada al ilícito materia de la formalización, bien jurídico protegido, naturaleza y circunstancias de su comisión, ello de conformidad a lo dispuesto en la letra c) del artículo 140 ya mencionado. Por lo antes señalado y lo dispuesto en el artículo 352 del Código Procesal Penal, se revoca la resolución dictada en audiencia de catorce de abril del año en curso, por el Juzgado de Garantía de San Bernardo y en su lugar se declara que se impone la prisión preventiva a los imputados Fabiola Andrea Zamorano Cabezas, Jorge Eduardo Ponce Núñez, Carlos Antonio Zamorano Cabezas y José Manuel Zamorano Cabezas. Devuélvase vía interconexión. N° 1084-2021-Penal.
Fallo
se declara que se impone la prisión preventiva a los imputados Fabiola Andrea Zamorano Cabezas, Jorge Eduardo Ponce Núñez, Carlos Antonio Zamorano Cabezas y José Manuel Zamorano Cabezas. Devuélvase vía interconexión. N° 1084-2021-Penal.
Texto Completo (Preview)
Fecha: dieciséis de abril de dos mil veintiuno. Sala: Sexta-Zoom. Rol Corte: 1084-2021. Ruc: 2100333512-4. Rit: 4448-2021. Tribunal: Juzgado de Garantía de San Bernardo. Fiscal: Daniela Stierling Rojas. Defensor: Daniela Quiroz Becerra. Defensor: Ricardo Cornejo Martínez. Hora inicio: 10:40. Hora término: 10:56. Tipo de Recurso: Apelación de medida cautelar. Imputado: Fabiola Andrea Zamorano C
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