/RODRÍGUEZ ZAMORA JAIME ( LTE)
Rol
Fecha
16 de abril de 2021
Materia
LIQUIDACIÓN VOLUNTARIA EMPRESA DEUDORA
Resultado
REVOCADA
Hechos
Vistos y teniendo presente: Primero: Que, la Caja de Compensación y Asignación Familia de Los Andes, deduce recurso de apelación en contra de la sentencia interlocutoria pronunciada en audiencia de fecha 15 de julio de 2020, notificada a las partes en el mismo acto, la cual acoge la impugnación a la preferencia alegada por su parte presentada por el liquidador Patricio Andrés Martínez Díaz. Sustenta su recurso en que la sentencia recurrida yerra al acoger la impugnación del liquidador, toda vez que no resulta procedente, ya que como lo establecen los artículos 69 y 22 de la Ley N° 18.833 lo adeudado por concepto de crédito social goza de la preferencia legal del N°5 del artículo 2472 del Código Civil, lo cual además ha sido reiterado de forma consistente por la Excelentísima Corte Suprema en fallos que se acompañan. Pide que se revoque la sentencia recurrida y, consecuencialmente, se dicte otra de reemplazo, declarando la preferencia legal que invoca su parte. Segundo: Que, a fin de resolver la cuestión planteada, menester resulta consignar algunos antecedentes del procedimiento de liquidación voluntaria de que se trata. El 31 de mayo de 2020, la Caja de Compensación y Asignación Familiar Los Andes verificó extraordinariamente su crédito en estos autos, alegando la preferencia del N°5 del artículo 2472 del Código Civil, teniéndose por verificado mediante resolución de fecha 03 de junio del mismo año. Con fecha 16 de junio de 2020, el liquidador Patricio Martínez, dedujo objeción de la preferencia alegada por esta parte. Luego, el día 15 de julio de 2020 se celebró la audiencia especial conforme a lo establecido en el artículo 175 de la Ley N° 20.720, resolviendo la impugnación en el mismo acto, acogiendo la impugnación, quedando el crédito de Caja Los Andes como un crédito valista. Tercero: Que, el artículo 69 de la Ley 18.833, que señala: “Los créditos de las Cajas de Compensación derivados de las prestaciones de seguridad social de los regímenes que adminis
Fallo
Por estas consideraciones y lo establecido en el artículo 186 y siguientes del Código de Procedimiento Civil, se revoca, en lo apelado, la resolución de quince de julio de dos mil veinte, dicta por el Décimo Noveno Juzgado Civil de esta ciudad, en causa Rol C-28165-2019 mediante la que se acogió la impugnación deducida por el liquidador en contra de la Caja de Compensación Los Andes y en su lugar se declara que se la rechaza, sin costas, por estimar que existió motivo plausible para litigar. Devuélvase. Redactó la Ministra señora María Soledad Melo Labra. La Abogada Integrante señora Pía Tavolari Goycoolea no firma no obstante haber concurrido a la vista de la causa y al acuerdo por haber cesado sus funciones en esta Corte. Civil Rol N°9012-2020.
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C.A. de Santiago Santiago, dieciséis de abril de dos mil veintiuno. Vistos y teniendo presente: Primero: Que, la Caja de Compensación y Asignación Familia de Los Andes, deduce recurso de apelación en contra de la sentencia interlocutoria pronunciada en audiencia de fecha 15 de julio de 2020, notificada a las partes en el mismo acto, la cual acoge la impugnación a la preferencia alegada por su par
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