ZAMORA/INMOBILIARIA SAN FERNANDO
Rol
Fecha
26 de abril de 2021
Materia
PERJUICIOS, INDEMNIZACIÓN DE
Resultado
INADMISIBLE
Hechos
Vistos y teniendo presente: Que conforme lo dispone el artículo 189 del Código de Procedimiento Civil, tratándose del recurso de apelación interpuesto en forma subsidiaria a la reposición no será necesario formular peticiones concretas, siempre que el recurso de reposición cumpla con dicha exigencia. Que el recurso de reposición con apelación subsidiaria deducido el cuatro de marzo del año en curso carece de peticiones concretas, no resultando suficiente la solicitud de dejar sin efecto la resolución, ni la de revocar la sentencia apelada, razón por la cual y atendido lo establecido en el párrafo precedente, el recurso de apelación no puede prosperar. Y visto, además, lo dispuesto en el artículo 213 del Código de Procedimiento Civil, se declara inadmisible el recurso de apelación interpuesto en subsidio el cuatro de marzo del año en curso, en contra de la resolución de fecha veintitrés de febrero del mismo año. Regístrese y devuélvase, vía interconexión. N°Civil-2682-2021.
Fallo
se declara inadmisible el recurso de apelación interpuesto en subsidio el cuatro de marzo del año en curso, en contra de la resolución de fecha veintitrés de febrero del mismo año. Regístrese y devuélvase, vía interconexión. N°Civil-2682-2021.
Texto Completo (Preview)
C.A. de Santiago (Sala Tramitadora) muz Santiago, veintiséis de abril de dos mil veintiuno. Vistos y teniendo presente: Que conforme lo dispone el artículo 189 del Código de Procedimiento Civil, tratándose del recurso de apelación interpuesto en forma subsidiaria a la reposición no será necesario formular peticiones concretas, siempre que el recurso de reposición cumpla con dicha exigencia. Que e
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