4º JUZGADO DE LETRAS EN LO CIVIL DE ANTOFAGASTA

GODOY/FISCO DE CHILE- MINISTERIO DE VIVIENDA Y URBANISMO

Rol

Fecha

15 de abril de 2021

Materia

OTROS ORDINARIOS

Resultado

CONFIRMADA

Ver en fuente oficial

Hechos

VISTOS: Se reproduce la sentencia en alzada con excepción de los

Fundamentos

considerandos Décimo Cuarto párrafos primero y final, Décimo Séptimo y Décimo Octavo que se eliminan y se tiene, además, presente: PRIMERO: Que el demandante se ha alzado en contra de la sentencia definitiva dictada en el Cuarto Juzgado Civil de Antofagasta por la Juez Susana Tobar Bravo, quien rechazó la demanda en juicio de hacienda, declarativa del derecho a percibir el bono de incentivo al retiro de la leyes 19.882 y 20.734, por no haberse consignado “que se le denegó el bono de incentivo al retiro” haciendo consistir el agravio en que la sentencia impugnada “resuelve la controversia de autos, conforme a otras defensas o alegaciones no invocadas por la parte demandada, desconociéndose las razones de lo mismo y, en opinión de esta parte [la demandante] no fundamentando debidamente su razonamiento para denegar el libelo de autos” (sic). Hace presente que la síntesis de la controversia radica en determinar si el demandante al momento de renunciar al servicio, detentaba un cargo de carrera o un cargo de exclusiva confianza, dado que, esta calidad era la que conllevaba a impetrar las bonificaciones. Pide que se acceda a la demanda y fundamenta la pretensión en el hecho de que el actor Juan Gonzalo Godoy Barrientos, inició la prestación de servicios para la demandada en calidad de oficial técnico, siendo designado en marzo de 1973, con el cargo de arquitecto en la Corporación de Vivienda y a partir de 1976, nombrado en la Planta Nacional de Cargos del Ministerio de Vivienda y Urbanismo, como jefe de Departamento grado 6 de la escala única de remuneraciones, cuyo cargo pasó a tener la calidad de exclusiva confianza, pero con la dictación de la Ley 19.882, se le habría devuelto el carácter de funcionario de carrera, de manera que debe accederse a la demanda, revocándose la sentencia apelada. SEGUNDO: Que desde ya interesa destacar que al contestar la demanda el Fisco de Chile, planteó una incompetencia absoluta y, en subsidio, pidió el rechazo de la demanda, porque se carece del derecho a reclamar la prestación, haciendo presente los argumentos legales como también los dictámenes de la Contraloría General de la República, todos los cuales se refieren a la posibilidad de acceder al derecho de percibir el bono de incentivo al retiro, por lo tanto, a lo menos resulta improcedente la decisión de primera instancia que no resuelve lo controvertido -tratándose de una pretensión declarativa de derechos no se requiere lo pedido en la sentencia-, omisión que en virtud de los artículos 170 y 209 del Código de Procedimiento Civil, deberá corregirse y complementarse en esta sede. También es necesario dejar constancia que la discusión a propósito de la apelación, se ha centrado en el derecho a percibir el bono de incentivo establecido en el ARTICULO SEPTIMO de la Ley 19.882 que estatuye “una bonificación por retiro” a determinadas personas que allí se señalan. TERCERO: Que con el objeto de despejar la discusión y centrarla exclusivamente en el derecho a esta

Fallo

Por estas consideraciones y visto además lo dispuesto en artículos 186 y siguientes del Código de Procedimiento Civil, SE CONFIRMA sin costas del recurso, la sentencia apelada de once de junio de dos mil veinte, dictada en causa rol C-1277-2019 del Cuarto Juzgado de Letras en lo Civil de Antofagasta. Regístrese y comuníquese. Rol 38-2021 (CIVIL) Redacción del Ministro Oscar Clavería Guzmán. 8

Texto Completo (Preview)

Antofagasta, a quince de abril de dos mil veintiuno. VISTOS: Se reproduce la sentencia en alzada con excepción de los considerandos Décimo Cuarto párrafos primero y final, Décimo Séptimo y Décimo Octavo que se eliminan y se tiene, además, presente: PRIMERO: Que el demandante se ha alzado en contra de la sentencia definitiva dictada en el Cuarto Juzgado Civil de Antofagasta por la Juez Susana Toba

¿Necesitas analizar esta sentencia?

Usa nuestro asistente de IA para buscar precedentes similares, extraer argumentos jurídicos y fundamentar tu posición.

Usar IA Jurídica