MINISTERIO PUBLICO C/ NELSON ANDRES AVELLO MILLAPAN
Rol
Fecha
15 de abril de 2021
Materia
CONTRA SALUD PÚBLICA. ARTS. 313 D AL 315 Y ART. 317.
Resultado
REVOCADA
Hechos
VISTOS: Habiendo oído a los intervinientes y estimando esta Corte que los hechos del requerimiento monitorio no se subsumen en el tipo penal previsto en el artículo 318 del Código Penal, por no vislumbrarse antijuricidad material respecto de la conducta desarrollada por el imputado, considerando, además, que la conducta atribuida a lo más podría constituir una infracción a una regla sanitaria controlada a través del Código Sanitario por la Autoridad Administrativa correspondiente, SE REVOCA, la resolución apelada de fecha dieciocho de marzo de dos mil veintiuno, que negó lugar a la solicitud de la defensa de decretar el sobreseimiento definitivo en la presente causa respecto del imputado NELSON ANDRES AVELLO MILLAPAN, resolviéndose que SE HACE lugar a la solicitud de la defensa, decretándose en consecuencia el sobreseimiento definitivo de la presente causa. Comuníquese por la vía más rápida y agréguese a la carpeta digital. N°Penal-300-2021. (sac)
Texto Completo (Preview)
C.A. de Temuco Temuco, quince de abril de dos mil veintiuno. A la presentación del abogado Asesor del Ministerio Público, Fabián Cuevas Hernández, folio 5: A lo principal: Téngase presente; Al otrosí: Téngase presente la delegación de poder. A la presentación de la Defensora Penal Pública, Kristel Rüth Rojas, folio 6: A lo principal, primer y segundo otrosí: Téngase presente. VISTOS: Habiendo o
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