SIN INFORMACION

COMPAÑIA GENERAL DE ELECTRICIDAD S.A./SUPERINTENDENCIA DE ELECTRICIDAD Y COMBUSTIBLES

Rol

Fecha

16 de abril de 2021

Materia

SIN INFORMACION

Resultado

INADMISIBLE

Ver en fuente oficial

Hechos

Vistos y tendiendo presente: 1.- Que el plazo para interponer el recurso de reclamación en contra de las resoluciones de la Superintendencia de Electricidad y Combustibles es de 10 días hábiles, contados desde la notificación de la resolución recurrida, según lo establecido en el inciso primero del artículo 19 de la Ley 18. 410, plazo que se suspende únicamente durante los feriados, conforme lo dispone el artículo 21 del mismo cuerpo legal. 2.- Que la Resolución Exenta N°32557, de trece de mayo de dos mil veinte, fue notificada al recurrente, conforme lo expone en su presentación de folio 4, mediante correo electrónico el doce de enero de dos mil veintiuno, y el recurso de reclamación fue deducido el día veintiséis del mismo mes y año. Luego, en dichos términos, el plazo respectivo se encontraba vencido a la fecha de la interposición del presente recurso, de conformidad a lo señalado en el párrafo que antecede. Y atendido lo dispuesto en el artículo 19 de la Ley 18.410, se declara inadmisible, por extemporáneo, el recurso de reclamación interpuesto el veintiséis de enero del año en curso por don Sebastián Venegas Salazar, en representación de Compañía General de Electricidad S.A. Regístrese y archívese. N°ContenciosoAdministrativo-50-2.021.

Fallo

se declara inadmisible, por extemporáneo, el recurso de reclamación interpuesto el veintiséis de enero del año en curso por don Sebastián Venegas Salazar, en representación de Compañía General de Electricidad S.A. Regístrese y archívese. N°ContenciosoAdministrativo-50-2.021.

Texto Completo (Preview)

C.A. de Santiago Santiago, dieciséis de abril de dos mil veintiuno. (dia) Al folio N° 1, estese a lo que se resolverá. Vistos y tendiendo presente: 1.- Que el plazo para interponer el recurso de reclamación en contra de las resoluciones de la Superintendencia de Electricidad y Combustibles es de 10 días hábiles, contados desde la notificación de la resolución recurrida, según lo establecido en el

¿Necesitas analizar esta sentencia?

Usa nuestro asistente de IA para buscar precedentes similares, extraer argumentos jurídicos y fundamentar tu posición.

Usar IA Jurídica