SIN INFORMACION

KOH/PAVEZ

Rol

Fecha

14 de abril de 2021

Materia

SIN INFORMACION

Resultado

RECHAZADA

Ver en fuente oficial

Hechos

VISTOS Y TENIENDO PRESENTE: PRIMERO: Que comparece don Carlos José Koh Ravanal, interponiendo una acción constitucional de protección en contra de la resolución de fecha 25 de enero de 2021, pronunciada por el Juzgado de Familia de La Serena, en los autos caratulados “Koh Cortez”, Rit X-828-2019, que ordenó restringir totalmente la relación directa y regular de la niña Karla Koh Cortez con su padre Carlos Koh Ravanal, teniendo como base para ello una supuesta afectación a la indemnidad sexual de la niña. Señala que, en la referida resolución, el Tribunal de Familia de la Serena se ha negado a requerir la información del proceso investigativo llevado supuestamente por la Fiscalía y esto ha trascendido en la falta de comunicación entre la niña y su padre, ya que la suspensión de régimen de relación directa y regular se ha prolongado desde ya casi dos años y que la apuntada resolución judicial vulnera el régimen de relación directa y regular, sin siquiera video llamadas, constituyéndose en una Comisión Especial al no observar las condiciones de un Debido Proceso. Refiere que en causa P-635-2019 el Tribunal de Familia de La Serena ordenó al programa DAM Ciudad del Niño Los Ángeles, la realización de un informe pericial de la menor y de su madre, para efectos de ser remitido previo a audiencia del 22 de Julio de 2019. Que con fecha 30 de septiembre del 2019 se remitió informe de Dam Ciudad del Niño Los Ángeles, el cual refiere “Que no es posible determinar vulneración en indemnidad sexual respecto de KARLA KHO, siendo este un hecho a ser investigado por Ministerio Público, sin embargo es importante considerar informe de condiciones de protección evacuado por DAM La Serena le cual da cuenta de posible sospecha de sexualización traumática de uno o más eventos y que posiciona a la figura del padre como presunto agresor”; sin poder determinar si existe una afectación a la indemnidad sexual de la menor, por lo que solo sugiere una medida cautelar de carácter preventivo de

Fallo

fallo un pronunciamiento de este Tribunal de Alzada, por la vía ordinaria. TERCERO: Como consta de los antecedentes, se acompañaron los siguientes documentos a vía de medios de prueba: copia de resolución de 25 de enero de 2021; copia del impresión de pantalla del Sistema Penal; copia del Sistema Siu Registro Interno de Fiscalía; copia de Sentencia de adopción; informe psicológico del actor; informe Dam Pericial Ejercicio de la Marentalidad; informe Opd Rit P-635-2019; ingreso medida protección de 23 de mayo del 2019; resolución de fecha 27 de enero del año 2021; petición de oficio a Fiscalía en causa Rit 8282-2019; certificado de nacimiento de la menor de marras; e informe Rukan 22 de enero de 2021. CUARTO: Que la Acción Constitucional de Protección, consagrada en el artículo 20 de la Constitución Política de la República, consiste en la vía jurisdiccional cautelar destinada a amparar el libre ejercicio de las garantías y derechos preexistentes que en esa misma disposición se enumeran expresa y taxativamente, mediante la adopción de medidas de resguardo o providencias para restablecer el imperio del Derecho y asegurar así la debida protección para el afectado ante un acto u omisión arbitrario o ilegal que prive, perturbe o amenace dicho ejercicio. De lo anterior, se desprende que para la procedencia de la presente Acción Constitucional es necesario que exista un derecho o garantía fundamental objeto de protección, indubitado, y que éste se vea amagado por un acto ilegal o

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Koh Ravanal, Carlos Pavéz Cepeda, Francisca Recurso de Protección Rol Protección 74-2021. La Serena, catorce de abril de dos mil veintiuno. VISTOS Y TENIENDO PRESENTE: PRIMERO: Que comparece don Carlos José Koh Ravanal, interponiendo una acción constitucional de protección en contra de la resolución de fecha 25 de enero de 2021, pronunciada por el Juzgado de Familia de La Serena, en los autos ca

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