1º JUZGADO DE LETRAS DE BUIN

/GÁRATE

Rol

Fecha

13 de abril de 2021

Materia

LIQUIDACIÓN VOLUNTARIA EMPRESA DEUDORA

Resultado

INADMISIBLE

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Hechos

Vistos: El mérito de los antecedentes y la naturaleza de la resolución recurrida, teniendo presente lo previsto en el artículo 4° N°2) de la Ley N° 20.720, que establece la procedencia del recurso de apelación sólo respecto de las resoluciones que esa ley señale expresamente, cuyo no es el caso de autos, toda vez que la resolución impugnada es aquélla que no acoge a tramitación la solicitud de liquidación voluntaria de bienes de una empresa deudora, se declara inadmisible por improcedente el recurso de apelación deducido el veintiocho de enero pasado, en contra de la resolución dictada el veinticinco del mismo mes y año en la causa Rol C-3-2021 del Primer Juzgado de Letras de Buin. Devuélvase vía interconexión, en su oportunidad. Rol N° 345-2021-CIV.

Fallo

se declara inadmisible por improcedente el recurso de apelación deducido el veintiocho de enero pasado, en contra de la resolución dictada el veinticinco del mismo mes y año en la causa Rol C-3-2021 del Primer Juzgado de Letras de Buin. Devuélvase vía interconexión, en su oportunidad. Rol N° 345-2021-CIV.

Texto Completo (Preview)

CH(PAB) San Miguel, uno de abril de dos mil veintiuno. Vistos: El mérito de los antecedentes y la naturaleza de la resolución recurrida, teniendo presente lo previsto en el artículo 4° N°2) de la Ley N° 20.720, que establece la procedencia del recurso de apelación sólo respecto de las resoluciones que esa ley señale expresamente, cuyo no es el caso de autos, toda vez que la resolución impugnada e

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