C/ HECTOR FELIPE RAMÍREZ AGUIRRE
Rol
Fecha
12 de abril de 2021
Materia
ROBO CON INTIMIDACION . ART. 433, 436 INC. 1º 438.
Resultado
RECHAZADA
Hechos
Visto y teniendo presente: Primero.- Que en estos antecedentes penales Rol N° 251-2021, provenientes del Tribunal de Juicio Oral en lo Penal de Quillota, RIT N° O-94-2020, RUC 2010026160-0, el Defensor Penal Público don NELSON GABRIEL CID CASTRO, en representación del acusado HECTOR FELIPE RAMIREZ AGUIRRE, ha deducido recurso de nulidad en contra de la sentencia definitiva pronunciada con fecha veinticinco de enero de dos mil veintiuno, en la que se condenó a su representado en calidad de autor del delito consumado de robo con intimidación, prescrito y sancionado en los artículos 432, 436 y 439 del Código Penal. Funda el recurso en que la sentencia incurre en la causal de nulidad contemplada en los artículos 374 letra e), en relación con los artículos 342 letra c) y 297 inciso primero, todos del Código Procesal Penal, por cuanto la fundamentación del fallo contradice los principios de la lógica, las máximas de la experiencia y los conocimientos científicamente afianzados, y en esa virtud solicita que se anule el juicio oral y la sentencia, de conformidad a lo dispuesto en el artículo 386 del Código Procesal Penal, ordenando la remisión de los autos al tribunal no inhabilitado que correspondiere, para que este disponga la realización de un nuevo juicio oral. Segundo.- Que el recurrente sostiene que la causal invocada se configura porque en el
Fundamentos
considerando noveno, bajo el epígrafe “Valoración de la prueba y establecimiento del hecho punible”, el sentenciador no realiza una exposición clara, lógica y completa de la prueba que permita establecer el hecho punible, de acuerdo a lo prescrito en el artículo 297 del Código Procesal Penal. Al efecto, transcribe en su integridad dicho considerando, con excepción de su párrafo final, relativo al ánimo de lucro en la apropiación de especies muebles ajenas y a la falta de voluntad de su dueño en dicha apropiación, lo que le permite señalar que el
Fallo
fallo contradice los principios de la lógica, las máximas de la experiencia y los conocimientos científicamente afianzados, y en esa virtud solicita que se anule el juicio oral y la sentencia, de conformidad a lo dispuesto en el artículo 386 del Código Procesal Penal, ordenando la remisión de los autos al tribunal no inhabilitado que correspondiere, para que este disponga la realización de un nuevo juicio oral. Segundo.- Que el recurrente sostiene que la causal invocada se configura porque en el considerando noveno, bajo el epígrafe “Valoración de la prueba y establecimiento del hecho punible”, el sentenciador no realiza una exposición clara, lógica y completa de la prueba que permita establecer el hecho punible, de acuerdo a lo prescrito en el artículo 297 del Código Procesal Penal. Al efecto, transcribe en su integridad dicho considerando, con excepción de su párrafo final, relativo al ánimo de lucro en la apropiación de especies muebles ajenas y a la falta de voluntad de su dueño en dicha apropiación, lo que le permite señalar que el fallo no realiza un análisis lógico de cómo establece, en términos concretos y más allá de toda duda razonable, la convicción de que al acusado le haya cabido participación en el hecho punible objeto de la acusación. Cita como respaldo el voto de minoría, que a su vez transcribe por completo, para concluir que, en la especie se vulneran los principios de la lógica consistentes en el principio de contradicción y el principio de razón suficie
Texto Completo (Preview)
C.A. de Valparaíso Valparaíso, doce de abril de dos mil veintiuno. Visto y teniendo presente: Primero.- Que en estos antecedentes penales Rol N° 251-2021, provenientes del Tribunal de Juicio Oral en lo Penal de Quillota, RIT N° O-94-2020, RUC 2010026160-0, el Defensor Penal Público don NELSON GABRIEL CID CASTRO, en representación del acusado HECTOR FELIPE RAMIREZ AGUIRRE, ha deducido recurso de n
¿Necesitas analizar esta sentencia?
Usa nuestro asistente de IA para buscar precedentes similares, extraer argumentos jurídicos y fundamentar tu posición.
Usar IA Jurídica