/ TRIBUNAL DE JUICIO ORAL EN LO PENAL DE VIÑA DEL MAR
Rol
Fecha
10 de abril de 2021
Materia
SIN INFORMACION
Resultado
RECHAZADA
Hechos
Visto: Que, en folio uno, comparece Camilo Dante Rore Guerrero, defensor penal público, en favor de Jaime Flores Rodríguez, quien deduce recurso de amparo en contra del Tribunal de Juicio Oral en lo Penal de Viña del Mar, solicitando que se deje sin efecto la resolución dictada el día 18 de marzo del año en curso, en autos RIT 261-2020, que dispuso que la audiencia de juicio oral se lleve a cabo el día 12 de abril próximo de forma semipresencial, esto es, con la presencia del juez Presidente en la sala del tribunal, en tanto los jueces redactor e integrante se conectarán vía zoom; además los testigos 2, 3 y 5 acudirán al tribunal, en tanto los testigos 1 y 4 se conectarán de forma remota desde el lugar donde estén, esto es, desde su domicilio en el primer caso, y desde la unidad policial en que preste sus funciones el segundo. Por otro lado, tanto el fiscal como el defensor y el acusado, comparecerán a dependencias del tribunal. Expresa que la forma en que se llevará a cabo el juicio oral infringe la garantía del debido proceso, ya que no permite que el tribunal controle la incorporación de la prueba de cargo, cuestión que tiene especial relevancia respecto de la prueba de testigos, pues como dos de ellos depondrán telemáticamente y desde sus domicilios, no habrá forma de evitar la intervención de terceros o de lecturas de documentos. Lo anterior constituye, además, una vulneración del artículo 329 inciso séptimo del Código Procesal Penal que, si bien permite que testigos y peritos declaren a través de medios tecnológicos, establece que deben hacerlo ante el tribunal con competencia penal más cercano al lugar en donde se encuentren. Concluye señalando que los vicios anteriores constituyen una amenaza a la libertad personal del imputado, ya que lo expone a la aplicación de pena corporal en un procedimiento que no cumple con los principios de un justo y racional procedimiento, por lo que solicita que se acoja el recurso, que se deje sin efecto la resolución impugnad
Fundamentos
Considerando: PRIMERO: Que, del informe del tribunal recurrido, se advierte que la cuestión sometida a conocimiento de esta Corte se aparta de la naturaleza u objeto del recurso de amparo, ya que no dice relación con la libertad personal o seguridad individual del afectado, como lo exige el artículo 21 de la Constitución Política de la República, sino con la forma en que se desarrollará el juicio oral, la que fue dispuesta por resolución fundada y dictada de conformidad a las reglas que regulan la materia. SEGUNDO: Que, además, la privación de libertad del amparado no es consecuencia de una resolución dictada en esta causa, sino que en otra diversa, por lo que no cabe su discusión en el asunto debatido en este recurso de amparo.
Fallo
Por estas consideraciones y visto, además, lo dispuesto en el artículo 21 de la Constitución Política de la República, se rechaza el recurso de amparo presentado por Camilo Dante Rore Guerrero en favor de Jaime Flores Rodríguez, en contra del Tribunal de Juicio Oral en lo Penal de Viña del Mar. Regístrese, notifíquese y, en su oportunidad, archívese. N°Amparo-323-2021.
Texto Completo (Preview)
edp C.A. de Valparaíso Valparaíso, diez de abril de dos mil veintiuno. Visto: Que, en folio uno, comparece Camilo Dante Rore Guerrero, defensor penal público, en favor de Jaime Flores Rodríguez, quien deduce recurso de amparo en contra del Tribunal de Juicio Oral en lo Penal de Viña del Mar, solicitando que se deje sin efecto la resolución dictada el día 18 de marzo del año en curso, en autos RIT
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