ANGULO/AGROINDUSTRIAL SURFRUT LIMITADA
Rol
Fecha
9 de abril de 2021
Materia
DESPIDO INDIRECTO
Resultado
RECHAZADA
Hechos
Vistos: 1°) En causa Rol ingreso Corte N°75-2021, que incide en causa RIT N°O-422-2020, del Juzgado de Letras del Trabajo de Curicó, la abogada de la parte demandada, AGROINDUSTRIAL SURFRUT LIMITADA, deduce recurso de nulidad en contra de la sentencia definitiva de fecha quince de febrero de dos mil veintiuno, dictada por el Juez don Carlos Gajardo Ortiz, que acogió la demanda de despido indirecto y cobro de indemnizaciones y prestaciones deducida por don LUIS REINALDO ANGULO VEGA, declarando que la demandada incurrió en incumplimiento grave de las obligaciones que le imponía el contrato, en su calidad de empleadora, condenándola a pagar los siguientes conceptos y montos: 1) Por indemnización sustitutiva de aviso previo en la suma de $664.278.-; 2) Por indemnización por años de servicios en la suma de $1.328.557.-; 3) Por incremento porcentual del 50% de la indemnización por años de servicios, conforme al art. 171 del C. del Trabajo, en la suma de $664.278.-; 4) Por diferencia existente de monto insoluto por feriado proporcional en la suma de $112.286; y 5) Todos los montos descritos se deberán someter a la aplicación de los reajustes e intereses legales conforme a lo que regulan los arts. 63 y 173 ambos del C. del Trabajo. Además, acogió la demanda de indemnización de perjuicios por accidente de trabajo, condenando a la demandada a pagar a favor del demandante los siguientes conceptos y montos: 1) Por daño moral en la suma de $15.000.000; 2) Por daño emergente en la suma de $137.361; y 3) Que los montos descritos se deberán someter a la aplicación de los reajustes e intereses legales conforme a lo que regulan los arts. 63 y 173 ambos del C. del Trabajo; todo con costas que fueron reguladas en el monto de $500.000 sin reajustes ni intereses legales. 2°) Admitido y concedido el recurso por el Juzgado de Letras del Trabajo de Curicó y, declarado admisible por esta Corte, se fijó audiencia para su vista, la que se llevó a efecto el día 01 de abril pasado.
Fundamentos
Considerando: PRIMERO: Que la recurrente interpone recurso de nulidad en contra de la sentencia definitiva del Juzgado de Letras del Trabajo de Curicó, de fecha quince de febrero de dos mil veintiuno, que acogió, con costas, la demanda de despido indirecto y cobro de indemnizaciones y prestaciones y la demanda de indemnización de perjuicio por accidente del trabajo interpuesta en contra de su parte, con el objeto de que esta Corte de Apelaciones, conociendo del mismo, anule la sentencia definitiva de autos y dicte una de reemplazo, con costas. La recurrente invoca la causal contemplada en el artículo 478 letra b) del Código del Trabajo, esto es, cuando la sentencia haya sido pronunciada con infracción manifiesta de las normas sobre la apreciación de la prueba conforme a las reglas de la sana crítica, en relación con el artículo 456 del mismo cuerpo legal; y en subsidio, invoca la causal contemplada en el artículo 478 letra e) del Código del Trabajo, esto es, cuando la sentencia se hubiere dictado con omisión de cualquiera de los requisitos establecidos en los artículos 459, 495 o 501 inciso final del mismo cuerpo legal, según corresponda, en relación al artículo 459 N°4 del Código del Trabajo. SEGUNDO: Que, funda su recurso haciendo presente que el actor presento demanda de despido indirecto e indemnización de perjuicios por accidente de trabajo en contra de su representada, indicando que sufrió un accidente en octubre de 2018, en donde se golpeó el hombro derecho, luego de lo que no fue derivado inmediatamente al organismo administrador del seguro de la Ley N°16.744, por lo que su dolencia se agravó hasta requerir una cirugía, de forma que si bien sostuvo conversaciones con la empresa, en septiembre de 2019 decidió poner término al contrato por despido indirecto por constituir lo relatado un incumplimiento grave de las obligaciones que imponía el contrato a su representada, en conjunto, demandó las indemnizaciones asociadas al despido indirecto e indemnizaciones de perjuicios por el accidente de trabajo. Explica que su parte contesto la demanda señalando que el actor sufrió el accidente en la fecha indicada y que no había sido derivado inmediatamente a la mutualidad, pues en ese momento se estimó que había sido un incidente menor, pero que cuando se advirtió que la lesión empeoraba se intentó ingresar al demandante extemporáneamente a la mutualidad y se tomó una serie de medidas tendientes a reparar la situación, como reembolsar los gastos asociados a una segunda opinión médica e incluir al trabajador en un seguro complementario de salud. Indica que la sentencia dictada en dichos autos y que acogió la pretensión del actor incurre en sendos vicios de nulidad que desarrollará. En primer lugar, invoca la causal establecida en el artículo 478 letra b) del Código del Trabajo, refiriéndose a las reglas de la sana crítica, lo que la jurisprudencia ha entendido sobre las reglas de la lógica y como la doctrina conceptualiza a las máximas de la exper
Fallo
fallo toda vez que si el sentenciador hubiera aplicado correctamente las reglas de la lógica y las máximas de la experiencia hubiera concluido que no existía prueba suficiente para acreditar el daño moral, que los testigos que declararon no eran lo suficientemente objetivos por los vínculos que mantenían con el actor o al menos que sus testimonios no podían ser suficientes para tener por establecido el daño moral como se hizo en el fallo recurrido. Así, solicita que esta Corte acoja la presente causal establecida en el artículo 478 letra b) del Código del Trabajo, en cuanto la sentencia se dictó con infracción manifiesta a las normas sobre apreciación de la prueba conforme a las reglas de la sana crítica, según se desarrolló en los numerales precedentes, procediendo a dictar la correspondiente sentencia de reemplazo, en la que se rechace la acción de indemnización de perjuicios por daño moral, con expresa condena en costas. En subsidio, invoca la causal establecida en el artículo 478 letra e) del Código del Trabajo, en relación con el artículo 459 N°4 del mismo cuerpo legal, que establece que la sentencia deberá contener el análisis de toda la prueba rendida, los hechos que estime probados y el razonamiento que conduce a esta estimación. Señala que la justificación y motivación de la sentencia se traduce en el deber que tiene el juez de buscar y entregar razones que otorguen soporte a sus conclusiones probatorias, de un modo racional y ordenado, sosteniendo que con esta ca
Texto Completo (Preview)
Talca, nueve de abril de dos mil veintiuno. Vistos: 1°) En causa Rol ingreso Corte N°75-2021, que incide en causa RIT N°O-422-2020, del Juzgado de Letras del Trabajo de Curicó, la abogada de la parte demandada, AGROINDUSTRIAL SURFRUT LIMITADA, deduce recurso de nulidad en contra de la sentencia definitiva de fecha quince de febrero de dos mil veintiuno, dictada por el Juez don Carlos Gajardo Orti
¿Necesitas analizar esta sentencia?
Usa nuestro asistente de IA para buscar precedentes similares, extraer argumentos jurídicos y fundamentar tu posición.
Usar IA Jurídica