TRIBUNAL DE JUICIO ORAL EN LO PENAL DE CONCEPCION

CAROLYN ANDREA CONTRERAS GODOY CONTRA CRISTIAN RENE PROVOSTE RETAMAL. QUERELLANTE: VALESKA NOEMI MOYANO DIAZ

Rol

Fecha

9 de abril de 2021

Materia

SIN INFORMACION

Resultado

RECHAZADO RECURSO DE NULIDAD

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Hechos

VISTO: Se han ingresado a esta Corte con el rol 192-2021 de la Reforma Procesal Penal, los antecedentes correspondientes al RIT N°133-2020 y RUC N°1701106087-0, del Tribunal de Juicio Oral en lo Penal de Concepción, seguido en contra del imputado, Cristian René Provoste Retamal, por los ilícitos de abuso sexual impropio y violación impropia, reiterados, a menor de 14 años, figuras previstas y sancionadas en los artículos 362 y 366 bis en relación al artículo 366 ter del Código Penal, en grado de consumados; hechos ocurridos , los primeros (Hecho N°3), entre los meses de Enero de 2013 a Agosto de 2014 y, los segundos (Hecho N°2), de enero de 2013 a Septiembre de 2014, en la comuna de Concepción, para conocer del recurso de nulidad interpuesto por el abogado defensor Moisés Germán Vilches Fuentes, defensor penal, en representación del sentenciado, Provoste Retamal, ya referido, en contra del fallo de fecha diecisiete de febrero de dos mil veintiuno, pronunciado por las Juezas Titulares, señoras Karina Gema Mihovilovic Gutiérrez, Marcela Alejandra Norris Bustos y Milena Andrea Ubilla Carvajal, por el cual se condenó, al acusado, Cristian René Provoste Retamal, a la pena única de diez años y un día de presidio mayor en su grado medio, por su responsabilidad de autor de los delitos reiterados de Violación Impropia y Abuso Sexual Impropia previstos y sancionados respectivamente en los artículos 362 y 366 bis en relación al artículo 366 ter del Código Penal, en grado de consumados; ilícitos cometidos, los primeros (Hecho N°3), entre los meses de Enero de 2013 a Agosto de 2014 y, los segundos (Hecho N°2), de enero de 2013 a Septiembre de 2014, en la comuna de Concepción. De conformidad a lo dispuesto en el artículo 372 del Código Penal, se decretó la interdicción del condenado del derecho de ejercer la guarda y ser oído como pariente en los casos que la ley designa, y la sujeción a la vigilancia de la autoridad durante los diez años siguientes al cumplimiento de la pena pri

Fundamentos

CONSIDERANDO: PRIMERO: Que, en el recurso de nulidad intentado por la defensa del imputado, se invoca como motivo de nulidad del

Fallo

fallo de fecha diecisiete de febrero de dos mil veintiuno, pronunciado por las Juezas Titulares, señoras Karina Gema Mihovilovic Gutiérrez, Marcela Alejandra Norris Bustos y Milena Andrea Ubilla Carvajal, por el cual se condenó, al acusado, Cristian René Provoste Retamal, a la pena única de diez años y un día de presidio mayor en su grado medio, por su responsabilidad de autor de los delitos reiterados de Violación Impropia y Abuso Sexual Impropia previstos y sancionados respectivamente en los artículos 362 y 366 bis en relación al artículo 366 ter del Código Penal, en grado de consumados; ilícitos cometidos, los primeros (Hecho N°3), entre los meses de Enero de 2013 a Agosto de 2014 y, los segundos (Hecho N°2), de enero de 2013 a Septiembre de 2014, en la comuna de Concepción. De conformidad a lo dispuesto en el artículo 372 del Código Penal, se decretó la interdicción del condenado del derecho de ejercer la guarda y ser oído como pariente en los casos que la ley designa, y la sujeción a la vigilancia de la autoridad durante los diez años siguientes al cumplimiento de la pena principal. Esta sujeción consistirá en informar a Carabineros de Chile cada tres meses su domicilio actual. El incumplimiento de esta obligación configurará la conducta establecida en el artículo 496 N° 1 del Código Penal. Asimismo, se le condeno a la pena de inhabilitación absoluta perpetua para cargos y oficios públicos y derechos políticos y la de inhabilitación absoluta mientras dure la condena, y a

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xsr C.A. de Concepción Concepción, nueve de abril de dos mil veintiuno.- VISTO: Se han ingresado a esta Corte con el rol 192-2021 de la Reforma Procesal Penal, los antecedentes correspondientes al RIT N°133-2020 y RUC N°1701106087-0, del Tribunal de Juicio Oral en lo Penal de Concepción, seguido en contra del imputado, Cristian René Provoste Retamal, por los ilícitos de abuso sexual impropio y vio

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