INVERSIONES INN SPACE LIMITADA/EMPRESA DE TRANSPORTES DE PASAJERO MERO S.S. - (LTE) VISTA CON ING. CORTE N°3771-2020 - (VUELVE A TABLA)
Rol
Fecha
8 de abril de 2021
Materia
SIN INFORMACION
Resultado
RECHAZADA
Hechos
Vistos y teniendo presente: Primero: Que la abogada Cecilia Margarita Valdés Muñoz, en representación de la demandada INVERSIONES INN SPACE LTDA., en autos sobre juicio sumario seguidos ante el 17º Juzgado Civil de Santiago, Rol C-30.121-2019, caratulados “Empresa de Transporte de Pasajeros Metro S.A. con Inversiones Inn Space Limitada”, deduce recurso de hecho en contra de la resolución de 31 de enero de 2020, mediante la cual, declaró inadmisible el recurso de apelación subsidiario interpuesto en contra de la resolución de 21 de enero pasado que no dio lugar al incidente de nulidad procesal presentado por su parte. Expresa que el 21 de enero 2020, en la audiencia de estilo en forma verbal promovió un incidente de nulidad procesal, por falta de emplazamiento y por no haberse efectuado la primera reconvención de pago, procediendo el tribunal a resolver dicha incidencia de plano. Añade que en contra de la resolución en comento, interpuso un recurso de reposición y en subsidio apelación, sin embargo el recurrido declaró inadmisible esta última, según lo previsto en el artículo 8º Nº 9 de la Ley Nº 18.101. Sostiene que en el caso debe aplicarse el artículo 188 del Código de Procedimiento Civil, dado que con la dictación de la resolución impugnada no se ha alterado la sustanciación del proceso. Añade que la atenta lectura de la historia fidedigna del establecimiento de la Ley 19.866, que modifica la Ley 18.101, se desprende que en lo tocante al procedimiento, dejó a salvo la posibilidad de recurrir sobre la sustanciación del proceso, precisamente en razón que, dada la tramitación concentradísima, el riesgo de error es mayor. Por lo anterior, indica que se establece como normas supletorias a la regulación consagrada en el texto legal- la regulación procesal de los interdictos posesorios, y en especial, lo dispuesto en el artículo 549 del Código de Procedimiento Civil. Por otra parte, refiere que la tramitación que da la ley 18.101 a los incidentes no señala la form
Fallo
Por estas razones, y de conformidad al artículo 203 del Código de Procedimiento Civil, se rechaza el recurso de hecho deducido en lo principal de folio1, con costas. Regístrese y archívese. N°Civil-1811-2020.
Texto Completo (Preview)
C.A. de Santiago Santiago, ocho de abril de dos mil veintiuno. Al folio 27: téngase presente. Vistos y teniendo presente: Primero: Que la abogada Cecilia Margarita Valdés Muñoz, en representación de la demandada INVERSIONES INN SPACE LTDA., en autos sobre juicio sumario seguidos ante el 17º Juzgado Civil de Santiago, Rol C-30.121-2019, caratulados “Empresa de Transporte de Pasajeros Metro S.A. c
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