JUZGADO DE LETRAS DE CASTRO

PROMOTORA CMR FALABELLA S.A./MUÑOZ

Rol

Fecha

5 de abril de 2021

Materia

PAGARÉ, COBRO DE

Resultado

ANULA DE OFICIO

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Hechos

Visto: Con la cuenta dada y atendido el mérito de los antecedentes, apareciendo que la resolución impugnada pide aclaraciones a la demanda para efectos de ejercer las facultades de admisibilidad que le asisten al tribunal en conformidad a la Ley, siendo aquella una providencia de mero trámite, se declara inadmisible la apelación ingresada a folio Nº 1. Sin perjuicio de lo anterior, de conformidad a lo previsto en el artículo 775 del Código de Procedimiento Civil, estimando estos sentenciadores que lo exigido por el tribunal excede las facultades de admisibilidad de la demanda; que la falta de claridad en el libelo pretensor debe ser alegada por la parte afectada y teniendo en especial consideración que el apercibimiento de tener por no presentada una demanda no está expresamente contemplado en el Código de Procedimiento Civil, por lo que el tribunal carece en cualquier caso de facultades para ello, se anula la resolución de folio Nº 2 del cuaderno principal y en su lugar se ordena al tribunal a quo pronunciarse acerca de la admisibilidad de la demanda con los antecedentes que constan en el libelo pretensor, en particular, el hecho de haberse suscrito el pagaré con un solo vencimiento. Devuélvase. Rol Civil Nº 136-2021.-

Fallo

se declara inadmisible la apelación ingresada a folio Nº 1. Sin perjuicio de lo anterior, de conformidad a lo previsto en el artículo 775 del Código de Procedimiento Civil, estimando estos sentenciadores que lo exigido por el tribunal excede las facultades de admisibilidad de la demanda; que la falta de claridad en el libelo pretensor debe ser alegada por la parte afectada y teniendo en especial consideración que el apercibimiento de tener por no presentada una demanda no está expresamente contemplado en el Código de Procedimiento Civil, por lo que el tribunal carece en cualquier caso de facultades para ello, se anula la resolución de folio Nº 2 del cuaderno principal y en su lugar se ordena al tribunal a quo pronunciarse acerca de la admisibilidad de la demanda con los antecedentes que constan en el libelo pretensor, en particular, el hecho de haberse suscrito el pagaré con un solo vencimiento. Devuélvase. Rol Civil Nº 136-2021.-

Texto Completo (Preview)

Puerto Montt, cinco de abril de dos mil veintiuno. Visto: Con la cuenta dada y atendido el mérito de los antecedentes, apareciendo que la resolución impugnada pide aclaraciones a la demanda para efectos de ejercer las facultades de admisibilidad que le asisten al tribunal en conformidad a la Ley, siendo aquella una providencia de mero trámite, se declara inadmisible la apelación ingresada a folio

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