MP C/ EDELBERTO ALEJANDRO TAPIA PAREDES
Rol
Fecha
5 de abril de 2021
Materia
SIN INFORMACION
Resultado
CONFIRMADA
Fallo
Por estas consideraciones y lo dispuesto en los artículos 122, 139, 140, 149 y 370 letra b) del Código Procesal Penal, SE CONFIRMA la resolución apelada, dictada en audiencia de veintisiete de marzo de dos mil veintiuno, por el Juzgado de Letras y Garantía de Lebu, que impuso la medida cautelar personal de prisión preventiva al imputado Edelberto Alejandro Tapia Paredes. Comuníquese lo resuelto al Juzgado de Letras y Garantía de Lebu por la vía más expedita. Devuélvase por la vía que corresponda. N°Penal-314-2021.
Texto Completo (Preview)
C.A. de Concepción Concepción, cinco de abril de dos mil veintiuno. VISTO, OIDO Y TENIENDO, ADEMÁS, PRESENTE: 1°.- Que frente a los cuestionamientos de la defensa sobre la concurrencia de los presupuestos de las letras a), b) y c) del artículo 140 del Código Procesal Penal, con los antecedentes recopilados hasta ahora en la investigación, debe tenerse por acreditada la existencia del delito de ro
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